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Documento BORME-C-2010-7152

VENTA DE HIERROS ZARAGOZA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 66, páginas 7598 a 7605 (8 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2010-7152

TEXTO

En virtud de delegación de facultades del Consejo de Administración de la sociedad Venta de Hierros Zaragoza, S.A., acordada con fecha 24 de marzo de 2010, D. Miguel Ángel Nicuesa Gargallo, Secretario de dicho Consejo de Administración, convoca Junta General Ordinaria de Accionistas de dicha sociedad, a celebrar en Zaragoza, en el Hotel Rey Fernando II de Aragón, calle Bari, 27, 50197, el día 17 de mayo de 2010 a las 16:00 horas en primera convocatoria, y el día 18 de mayo de 2010, a la misma hora y en el mismo lugar, en segunda convocatoria, con el fin de deliberar y adoptar acuerdos sobre los asuntos comprendidos en el siguiente

Orden del día

Primero.- Aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales y del Informe de Gestión correspondientes al ejercicio social transcurrido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009.

Segundo.- Aprobación de la aplicación del resultado correspondiente al ejercicio social transcurrido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009.

Tercero.- Censura de la gestión social del ejercicio social transcurrido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009.

Cuarto.- Información sobre la existencia de causa de disolución de la Sociedad y adopción, en su caso, del acuerdo de disolución de la Sociedad o, como alternativa a la misma, de un acuerdo de fusión.

Quinto.- Información, en su caso, sobre las modificaciones importantes del activo o del pasivo de las sociedades que participan en la fusión, acaecidas entre la fecha del Proyecto Común de Fusión y la celebración de la Junta General que por la presente se convoca.

Sexto.- Aprobación, en su caso, del Proyecto Común de Fusión de Chapas de Precisión, S.L. (cuya escritura de transformación está pendiente de inscripción en el Registro Mercantil de Zaragoza), como Sociedad Absorbente, y Venta de Hierros y Aceros Calibrados, S.A., Venta de Hierros Zaragoza, S.A. y Pronitubo, S.A., como Sociedades Absorbidas, así como del documento de Aclaración a dicho Proyecto.

Séptimo.- Aprobación, como Balance de Fusión, del balance de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2009, integrado en las Cuentas Anuales aprobadas, en su caso, con anterioridad.

Octavo.- Aprobación, en su caso, de la Fusión por absorción de la Sociedad por parte de Chapas de Precisión, S.L. (cuya escritura de transformación está pendiente de inscripción en el Registro Mercantil de Zaragoza), en el marco de un proceso de fusión en el que intervienen, como sociedad absorbente, Chapas de Precisión, S.L. y, como sociedades absorbidas, la Sociedad, Venta de Hierros y Aceros Calibrados, S.A. y Pronitubo, S.A.

Noveno.- Acogimiento de la operación de fusión al régimen de neutralidad fiscal recogido en el Capítulo VIII del Título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.

Décimo.- Motivos económicos válidos de la fusión referida en los Acuerdos anteriores.

Undécimo.- Otorgamiento de facultades para la formalización, inscripción y ejecución de los acuerdos adoptados por la Junta.

Se hace constar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 226.4 del Reglamento del Registro Mercantil el Proyecto Común de fusión, así como el documento de Aclaración al mismo, han sido depositados en el Registro Mercantil de Zaragoza, correspondiente al domicilio social de todas las sociedades intervinientes en la fusión, con carácter previo a la presente convocatoria. Se hace constar, así mismo, que los administradores requerirán la presencia de Notario para que levante acta de la Junta que aquí se convoca, de conformidad con el artículo 114.1 LSA. A) Derecho de información: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LMESM") y disposiciones concordantes, se hace constar el derecho que, a partir de la presente convocatoria, corresponde a todos los accionistas, representantes de los trabajadores, obligacionistas y titulares de derechos especiales a examinar y obtener en el domicilio social, sito en Zaragoza, Camino Corbera Baja, s/n, o pedir la entrega o envío gratuito de toda la documentación relativa al Balance de Fusión que ha de ser sometida a la aprobación de la Junta General de Accionistas, así como de la siguiente documentación relativa a la fusión propuesta y de otra que pueda resultar de aplicación: (i) El Proyecto Común de Fusión, así como el documento de Aclaración al mismo. (ii) Los informes de los Administradores de cada una de las sociedades intervinientes sobre el Proyecto Común de Fusión. (iii) Las cuentas anuales y los informes de gestión de los tres últimos ejercicios, junto con los correspondientes informes de auditores. (iv) Los estatutos sociales vigentes incorporados a escritura pública y, en su caso, los pactos relevantes que vayan a constar en documento público. (v) El texto íntegro de los estatutos de la Sociedad Absorbente, Chapas de Precisión, S.L., incluyendo destacadamente las modificaciones que hayan de introducirse como consecuencia de la fusión. (vi) La identidad de los administradores de las sociedades participantes en la fusión, la fecha desde la que desempeñan sus cargos y las mismas indicaciones de quienes vayan a ser propuestos como administradores como consecuencia de la fusión. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta, los accionistas podrán solicitar de los administradores, acerca de los puntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes, sin perjuicio del derecho que les asiste para solicitar verbalmente las informaciones o aclaraciones que consideren convenientes acerca de los asuntos del orden del día durante la celebración de la Junta General. B) Menciones relativas al proyecto común de fusión: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 40.2 y 31 de la LMESM, se incluyen a continuación las menciones mínimas del Proyecto Común de Fusión legalmente exigidas, según las mismas han sido aclaradas en el documento de Aclaración al Proyecto. I. Identificación de las sociedades participantes en la fusión. Sociedad Absorbente: - Chapas de Precisión, S.L.: sociedad de nacionalidad española, domiciliada en Zaragoza, Polígono La Cartuja Baja, C/A, parcela 6 inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza, al Tomo 971, Folio 63, Hoja Z-563 y provista de NIF número A-50363662 (cuya escritura de transformación está pendiente de inscripción en el Registro Mercantil de Zaragoza). Se hace constar que la operación de fusión se condiciona a la previa inscripción en el Registro Mercantil de Zaragoza de la transformación de Chapas de Precisión, S.A. en Sociedad de Responsabilidad Limitada. Sociedades Absorbidas: - Venta de Hierros y Aceros Calibrados, S.A.: sociedad de nacionalidad española, domiciliada en Zaragoza, Polígono Industrial la Cartuja Baja, calle A, parcela 6, inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza, al Tomo 1.305, Folio 174, Hoja Z-7.283 y provista de NIF número A-50035336. - Venta de Hierros Zaragoza, S.A.: sociedad de nacionalidad española, domiciliada en Zaragoza, Camino Corbera Baja s/n, inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza, al Tomo 1.386, Folio 42, Hoja Z-8.878 y provista de NIF número A-50205533. - Pronitubo, S.A.: sociedad de nacionalidad española, domiciliada en Zaragoza, Polígono Industrial La Cartuja Baja, calle A, número 6, inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza al Tomo 2.095, Folio 154, Hoja Z-20839 y provista de NIF número A-50718121. II. Tipo y Procedimiento de Canje de las acciones: El tipo de canje de las acciones de Vehicasa, Vehizasa y Pronitubo por participaciones sociales de CHAPRESA, que ha sido determinado por los Administradores de todas las Sociedades Intervinientes, sobre la base del valor real de sus respectivos patrimonios, es el siguiente (en adelante, el "Tipo de Canje"): Por cada acción de Vehicasa, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas, corresponderán 4,596694215 participaciones sociales de Chapresa, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas. Por cada acción de Vehizasa, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas, corresponderán 0,020000000 participaciones sociales de Chapresa, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas. Por cada acción de Pronitubo, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas, corresponderán 0,000250000 participaciones sociales de Chapresa, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas. Como consecuencia de la Fusión y para hacer frente al Tipo de Canje referido anteriormente, hubiera sido necesario emitir en la Sociedad Absorbente un total de 25.040 nuevas participaciones sociales. Sin embargo, únicamente se propone realizar un aumento de capital en la Sociedad Absorbente creando un total de 16.546 nuevas participaciones sociales, dado que las restantes 8.494 participaciones sociales son las que Vehicasa ya tiene actualmente en Chapresa y las mismas van a ser reasignadas a los actuales accionistas de Vehicasa según el detalle que se indica en este mismo punto 6 más adelante. Se hace constar que las nuevas 16.546 participaciones sociales que se van a crear llevarán aparejada una prima de emisión total por importe de 5.204.125,14€, esto es, 314,52€ por participación social nueva. Como consecuencia de la Fusión y consecuente disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, las 5.445 acciones de Vehicasa, las 5.600 acciones de Vehizasa y las 20.000 acciones de Pronitubo serán anuladas, procediéndose a darlas de baja en los respectivos Libros Registro de Acciones Nominativas, quedando todas ellas extinguidas. Sin perjuicio de ello, únicamente son objeto de canje en cuanto a Pronitubo 4.000 acciones de las 20.000 totales y en cuanto a Vehizasa 500, de las 5.600 totales, dado que en ambas Sociedades Absorbidas Vehicasa ya es titular del resto de acciones (es decir, de 16.000 acciones en Pronitubo y de 5.100 acciones en Vehizasa), circunstancia ésta que ya se ha tenido en cuenta en el cálculo de la ecuación de canje en relación con Vehicasa. Por otro lado, las 16.546 nuevas participaciones sociales que se crean en Chapresa como consecuencia de la Fusión y el consiguiente aumento de capital, así como la titularidad de las mismas, se hará constar en el Libro Registro de Socios de dicha Sociedad. Los accionistas de Vehicasa asumirán dichas 16.546 nuevas participaciones sociales de Chapresa en proporción a su participación en el capital social, aplicando el Tipo de Canje referido con anterioridad. Adicionalmente, se reasignarán las 8.494 participaciones de las que Vehicasa es titular en Chapresa entre sus accionistas, en los términos que se indican a continuación. Concretamente, la asunción de las nuevas participaciones así como la reasignación referida en el párrafo anterior se llevará a cabo del siguiente modo, procediéndose así mismo a la renumeración de todas las participaciones sociales: -A Gargallo Aladren, S.A., por las 4.316 acciones de las que es titular en Vehicasa, representativas del 79,26% del capital social, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas, le serán entregadas 6.733 participaciones sociales de las que ya era titular Vehicasa en Chapresa, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas, y 13.108 nuevas participaciones sociales de Chapresa, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas, correspondiéndoles a estas últimas una prima de emisión total por importe de 4.122.789,34 €, es decir, por importe de 314,52 € por cada una de las nuevas participaciones sociales. En consecuencia, a Gargallo Aladren , S.A. le corresponderán un total de 19.841 participaciones sociales, números 1 a 19.841. - A Domingo Iguaz, por las 387 acciones de las que es titular en Vehicasa, representativas del 7,11% del capital social, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas, le serán entregadas 604 participaciones sociales de las que ya era titular Vehicasa en Chapresa, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas y 1.175 nuevas participaciones sociales de Chapresa, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas; y, por las 250 acciones de las que es titular en Vehizasa, representativas del 4,46% del capital social, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas, le serán entregadas 5 nuevas participaciones sociales de Chapresa. A las 1.180 nuevas participaciones sociales les corresponde una prima de emisión total por importe de 371.139,11€, es decir, por importe de 314,52 € por cada una de las nuevas participaciones sociales. En consecuencia, a Domingo Iguaz le corresponderán un total de 1.784 participaciones sociales, números 19.842 a 21.625. - Sucesores de Julián Nicuesa, por las 362 acciones de las que son titulares en Vehicasa, representativas del 6,65% del capital social, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas, les serán entregadas 565 participaciones sociales de las que ya era titular Vehicasa en Chapresa, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas y 1.099 nuevas participaciones sociales de Chapresa, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas, correspondiéndoles a estas últimas una prima de emisión total por importe de 345.662,61€, es decir, por importe de 314,52 € por cada una de las nuevas participaciones sociales. En consecuencia, a Sucesores de Julián Nicuesa les corresponderán un total de 1.664 participaciones sociales, números 21.626 a 23.289. - Sucesores de Dioclecio Iguaz, por las 234 acciones de las que son titulares en Vehicasa, representativas del 4,30% del capital social, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas, les serán entregadas 365 participaciones sociales de las que ya era titular Vehicasa en Chapresa, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas y 710 nuevas participaciones sociales de Chapresa, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas; y, por las 200 acciones de las que es titular en Vehizasa, representativas del 3,57% del capital social, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas, le serán entregadas 4 nuevas participaciones sociales de Chapresa. A las 714 nuevas participaciones sociales les corresponde una prima de emisión total por importe de 224.570,61€, es decir, por importe de 314,52 € por cada una de las nuevas participaciones sociales. En consecuencia, a los Sucesores de Dioclecio Iguaz les corresponderán un total de 1.079 participaciones sociales, números 23.290 a 24.368. - Sucesores de Jesús Iguaz, por las 75 acciones de las que son titulares en Vehicasa, representativas del 1,38% del capital social, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas, les serán entregadas 117 participaciones sociales de las que ya era titular Vehicasa en Chapresa, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas y 227 nuevas participaciones sociales de Chapresa, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas, correspondiéndoles a estas últimas una prima de emisión total por importe de 71.397,10€, es decir, por importe de 314,52 € por cada una de las nuevas participaciones sociales. En consecuencia, a los Sucesores de Jesús Iguaz les corresponderán un total de 344 participaciones sociales, números 24.369 a 24.712. - A Ángel Nicuesa, por las 71 acciones de las que es titular en Vehicasa, representativas del 1,30% del capital social, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas, le serán entregadas 110 participaciones sociales de las que ya era titular Vehicasa en Chapresa, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas y 216 nuevas participaciones sociales de Chapresa, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas; y, por las 50 acciones de las que es titular en Vehizasa, representativas del 0,89% del capital social, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas, le serán entregadas 1 nueva participación social de Chapresa. A las 217 nuevas participaciones sociales les corresponde una prima de emisión total por importe de 68.251,85€, es decir, por importe de 314,52 € por cada una de las nuevas participaciones sociales. En consecuencia, a Angel Nicuesa le corresponderá un total de 327 participaciones sociales, números 24.713 a 25.039. Se hace constar que los Sucesores de J. Manuel Nicuesa Iguaz mantendrán las 6 acciones (ahora participaciones sociales) de las que son titulares en Chapresa, representativas del 0,07% del capital social, de 60,10 € de valor nominal cada una de ellas y, adicionalmente, se les asignará una nueva participación social, por las 4.000 acciones de las que son titulares en Pronitubo, representativas del 20% del capital social. Esta nueva participación social llevará una prima de emisión de 314,52€. En consecuencia, a los Sucesores de J. Manuel Nicuesa Iguaz les corresponderá un total de 7 participaciones sociales, números 25.040 a 25.046. Asimismo, como consecuencia de la aplicación del Tipo de Canje, se han generado picos o restos en el número de las participaciones sociales de la Sociedad Absorbente. En este sentido, los citados picos se distribuirán entre los accionistas de Vehicasa mediante una compensación en metálico por importe total de 841,03 €, procediéndose a su pago en el día de adopción de los acuerdos de fusión, según la siguiente distribución: A Gargallo Aladrén, S.A., el importe de 41,86€, a Domingo Iguaz, el importe 30,05€, a Sucesores de Julián Nicuesa, el importe de 57,15€, a Sucesores de Dioclecio Iguaz, el importe de 270,83€, a Sucesores de Jesús Iguaz, el importe de 293,33€ y a Ángel Nicuesa, el importe de 147,81€. La totalidad de los accionistas de Vehicasa serán debidamente informados de la compensación en metálico referida anteriormente. Se hace constar expresamente que, de conformidad con el artículo 25 LME, la compensación en metálico que recibirán los accionistas de Vehicasa no excede el 10% del valor nominal de las participaciones atribuidas. Se hace constar que, al ser la Sociedad Absorbente una sociedad de responsabilidad limitada, el Tipo de Canje propuesto por el órgano de administración de las Sociedades Intervinientes no deberá ser sometido a la verificación de experto independiente. III. Inexistencia de incidencia alguna de la fusión sobre las aportaciones de industria o prestaciones accesorias en la sociedad absorbida y compensaciones a los accionistas afectados. A los efectos de la mención 3ª del artículo 31 LMESM, se manifiesta expresamente que no existen accionistas afectados al no existir (i) aportaciones de industria (ii) ni prestaciones accesorias en las Sociedades Intervinientes. IV. Inexistencia de acciones y derechos especiales. A los efectos de la mención 4ª del artículo 31 LMESM, se hace constar que i) no existen en las Sociedades Intervinientes titulares de participaciones sociales o de acciones, según proceda, de clases especiales ni derechos especiales distintos de las participaciones sociales o de las acciones mismas, así como (ii) que no se otorgarán a los socios o accionistas de ninguna de las Sociedades Intervinientes, como consecuencia de la Fusión, participaciones sociales o derechos especiales en la Sociedad Absorbente. V. Inexistencia de ventajas a los expertos independientes y a los administradores. A los efectos de lo previsto en la mención 5ª del artículo 31 de la LMESM, se manifiesta expresamente que no se atribuirá ventaja especial alguna en la Sociedad Absorbente, a favor de los administradores de ninguna de las entidades participantes en la fusión, ni a favor de expertos independientes, ya que no se prevé la intervención de ninguno en el proceso de fusión. VI. Fecha de efectos contables y de participación en las ganancias de las nuevas participaciones sociales. A los efectos de la mención 7ª del artículo 31 LMESM, la fecha a partir de la cual las operaciones efectuadas por las Sociedades Absorbidas habrán de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de la Sociedad Absorbente será la de 1 de enero de 2010. A efectos de lo dispuesto en el número 6º del artículo 31 de la LME, se hace constar que (i) la participación en las ganancias sociales será igualitaria para todas las participaciones sociales, sin que exista ninguna peculiaridad relativa a este derecho y que (ii) las nuevas participaciones a crear por la Sociedad Absorbente como consecuencia de la Fusión, darán derecho a los accionistas de las Sociedades Absorbidas a participar en las ganancias sociales de dicha sociedad desde el día de la presentación de la escritura de fusión en el Registro Mercantil. vii. Estatutos de la sociedad resultante de la fusión. A efectos de lo dispuesto en el número 8º del artículo 31 de la LME, se hace constar que como consecuencia de la presente operación de Fusión y, más concretamente, por el aumento de capital que la Sociedad Absorbente llevará a cabo en el marco de la misma, dicha Sociedad modificará el Artículo 5º de sus Estatutos Sociales, relativo a al capital social de la Sociedad, el cual pasará a tener el siguiente tenor literal: "Artículo 5º. El capital social se fija en la suma de 1.505.264,60 €, representado por 25.046 participaciones sociales, números 1 a 25.046, ambos inclusive, de 60,10€ de valor nominal cada una de ellas. Todas las participaciones sociales son indivisibles y acumulables y no podrán incorporarse a títulos negociables ni denominarse acciones. El capital social está íntegramente asumido y desembolsado." Igualmente, se procederá a modificar la denominación social de la sociedad absorbente, pasando a adoptar alguna de las siguientes tres denominaciones sociales según cuál de ellas sea finalmente la adjudicada en el correspondiente certificado de denominación social: Pronimetal, S.L., Proni-Metal, S.L. o Pronimetal Corporación Metalúrgica, S.L. Asimismo, se someterán a la aprobación de la Junta General de socios de Chapresa, en cuanto sociedad absorbente, las siguientes modificaciones de los Estatutos sociales resultantes del acuerdo de transformación que dicha sociedad adoptó el pasado 20 de marzo de 2010: - Se ampliará el objeto social de Chapresa para incluir las actividades recogidas en los Estatutos sociales de las Sociedades Absorbidas. - El actual artículo 3º relativo al domicilio social pasará a ser el artículo 4º. - El actual artículo 4º relativo a la duración pasará a ser el artículo 3º. - Se modificará el domicilio social de forma que pase a localizarse en Zaragoza, Plataforma Logística Zaragoza (PLAZA), calle Manfredonia, s/n, 50197. - Se modificará en el artículo 17º el número máximo de miembros del Consejo de Administración para pasar de 5 a 11. - Se modificará el artículo 20º, sobre el plazo de duración del cargo de administrador, estableciéndose dicha duración por tiempo indefinido. - Se incluirán los siguientes nuevos artículos: el 21º, relativo a la retribución de administradores; 22º, relativo a las causas de incapacidad e incompatibilidad para ser administrador; el 24º, relativo a la separación y exclusión de socios; el 26º, relativo a los liquidadores y el 27º, relativo a la cuota de liquidación. - Se eliminará el actual artículo 22º. - El artículo 23º actual pasará a ser el nuevo 25º. Tras las modificaciones estatutarias referidas anteriormente, de ser aprobadas por la Junta General de socios de Chapresa, los Estatutos de esta sociedad quedarán redactados de la forma que figura en el Anexo I al Proyecto, con las modificaciones incluidas en el documento de Aclaración al mismo. La efectividad de las anteriores modificaciones estatutarias quedará condicionada, con carácter suspensivo, a la inscripción en el Registro Mercantil de la escritura de fusión. VIII.Información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio de las Sociedades Absorbidas que se aporta a la Sociedad Absorbente. A los efectos de lo previsto en la mención 9ª del artículo 31 LMESM, la valoración del activo y pasivo del patrimonio de las Sociedades Absorbidas que se aportará a la Sociedad Absorbente como consecuencia de la fusión se ha realizado a valor real. IX.Balances de fusión Con arreglo a lo establecido en el segundo párrafo del apartado 1 del artículo 36 de la LMESM, se consideran como balances de fusión los balances de las sociedades intervinientes cerrados a 31 de diciembre de 2009 que han sido formulados por sus respectivos Consejos de Administración siguiendo los mismos métodos y criterios de presentación de los últimos balances anuales de dichas sociedades (en adelante, los "Balances de Fusión"). En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37 de la LMESM, los Balances de Fusión han sido verificados por los Auditores de Cuentas de las sociedades participantes en la fusión, y serán sometidos a la aprobación de las Juntas Generales de Accionistas o de Socios de las sociedades intervinientes que deliberen y decidan sobre la fusión. X. Fechas de las cuentas de las Sociedades Intervinientes utilizadas para establecer las condiciones en que se realiza la fusión. A efectos de lo dispuesto en el número 10º del artículo 31 de la LME, se hace constar que las fechas de las cuentas de las Sociedades Intervinientes utilizadas para establecer las condiciones en que se va a realizar la presente Fusión son las de 31 de diciembre de 2009. XI. Consecuencias de la fusión sobre el empleo, así como su eventual impacto de género en los órganos de administración y la incidencia en su caso, en la responsabilidad social de empresa. A efectos de lo dispuesto en el número 11º del artículo 31 de la LME, se hace constar que como consecuencia de la Fusión, las relaciones laborales relativas a los trabajadores de las Sociedades Absorbidas serán traspasadas a la Sociedad Absorbente, subrogándose esta última en todos los derechos y obligaciones inherentes a dichas relaciones laborales existentes. Asimismo, la Fusión no tiene consecuencias sobre el empleo, ni produce impacto de género en los Órganos de Administración de las Sociedades Intervinientes, ni tampoco en la responsabilidad social de éstas.

Zaragoza, 8 de abril de 2010.- El Secretario del Consejo de Administración, don Miguel Ángel Nicuesa Gargallo.

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