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Documento BORME-C-2010-6017

EIXAMPLE 2000 SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 58, páginas 6347 a 6349 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2010-6017

TEXTO

Junta general extraordinaria. Por acuerdo del Consejo de Administración, se convoca Junta general extraordinaria de accionistas, a celebrarse el día 26 de abril de 2010, en el domicilio social, a las 12,00 horas, en primera convocatoria y el día 27 de abril de 2010, en el mismo lugar y a las 12,30 horas, en segunda convocatoria, a fin de deliberar y adoptar acuerdos sobre los asuntos incluidos en el siguiente

Orden del día

Primero.- Aprobación de la fusión por absorción del Fondo de Inversión Gaesco Multinacional, FI, como absorbente, y la Sociedad Eixample 2000 SICAV, S.A. como absorbida de acuerdo con el Proyecto de fusión cuyas menciones mínimas se incluyen, según establece el artículo 40.2 de la Ley 3/2009, al final de la presente convocatoria. Asimismo, aprobación en su caso, del Informe de los Administradores sobre los extremos a que se refiere el artículo 33 de la Ley 3/2009. Sometimiento de la fusión al régimen tributario establecido en el Capítulo VIII del Título VII del RD legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y disposiciones concordantes y complementarias.

Segundo.- Aprobación como Balance de Fusión de referencia, el cerrado a 30 de septiembre de 2009.

Tercero.- Delegación de facultades.

Cuarto.- Redacción, lectura y aprobación del acta de la Junta.

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 39 y 40 de la Ley 3/2009, la Sociedad pone a disposición de los accionistas, para su examen en el domicilio, o para entrega o envío gratuito, el texto íntegro de los siguientes documentos: a) Proyecto común de fusión. b) Informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión. c) Informe del experto independiente sobre el proyecto de fusión. d) Cuentas Anuales e Informe de Gestión de los tres últimos ejercicios, así como los correspondientes de los Auditores de Cuentas. e) Balance de fusión verificado por los Auditores de Cuentas e informes de éstos. f) Estatutos sociales y Reglamento de gestión vigentes de las dos IIC. g) Identidad de los administradores de las IIC y la fecha desde la que desempeñan sus cargos. Finalmente en cumplimiento de lo establecido en el artículo 40.2 de la Ley 3/2009, se reproducen a continuación las menciones mínimas del proyecto de fusión: A.- Denominación, tipo social y domicilio de las sociedades que participan en la fusión y datos identificativos de su inscripción registral. Fondo Absorbente: Gaesco Multinacional, FI es una institución de inversión colectiva, en concreto un fondo de inversión, con domicilio social en Barcelona, avenida Diagonal, número 427 bis- 429, y consta inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al Tomo 32.004, Folio 152, Hoja número B-201.353. Sociedad Absorbida: Eixample 2000 S.I.C.A.V., S.A., es sociedad anónima, con domicilio social en Barcelona, avenida Diagonal, número 427 bis- 429, y consta inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al Tomo 32.122, Folio 1, Hoja número B-201.791. B.- Tipo de canje de las acciones. El tipo de canje de las acciones por participaciones del Fondo está determinado en función del valor liquidativo de los patrimonios calculado de acuerdo con la normativa específica vigente, en este caso, el valor liquidativo que se aplicará para la ecuación de canje será el correspondiente al día anterior a la fecha de otorgamiento de la escritura pública de fusión. - La ecuación del canje será la siguiente: Valor liquidativo B1 Z = _______________________ Valor liquidativo Ab Siendo, Z: la proporción del canje de acciones. Ab: el fondo de inversión absorbente. B1: la sociedad absorbida. C.- Procedimiento de la fusión y de canje de las acciones por participaciones. El canje de los títulos tendrá lugar durante un plazo de un mes a contar desde el día posterior al del otorgamiento de la escritura pública de fusión ante fedatario público. El canje de las acciones por participaciones no supondrá desembolso alguno para los accionistas. Dicho canje se realizará, al estar representadas las acciones de la Sicav absorbida por medio de anotaciones en cuenta, a través de las entidades adheridas al Servicio de Compensación y Liquidación de Valores, actuando como entidad agente "Gaesco Valores, Sociedad de Valores S.A." quien coordinará todo el proceso de canje de las acciones por participaciones, juntamente con la sociedad gestora del fondo de inversión absorbente. Respecto a los títulos que no se presenten al canje, se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 59 de la Ley de Sociedades Anónimas. D.- Fecha de participación en las ganancias sociales del fondo de inversión absorbente. Los derechos económicos de las nuevas participaciones emitidas por el Fondo Absorbente serán plenamente ejercitables a partir del día en que se otorgue la escritura pública de fusión. E.- Fecha de efectividad a efectos contables desde la fusión. Las operaciones realizadas por la sociedad Absorbida se entenderán realizadas a efectos contables por cuenta del fondo de inversión absorbente, a partir del día en que se otorgue la escritura pública de fusión y hasta su definitiva inscripción en los registros que procedan. F.- Acciones o derechos especiales. No se otorga ningún derecho por parte de la sociedad gestora del fondo absorbente a los titulares de acciones de clases especiales, ni a quienes tengan derechos especiales distintos de las acciones en la sociedad que se extingue, ni opciones, por no existir, en la sociedad absorbida, acciones de clases especiales ni derechos especiales distintos de las acciones referidas. G.- Ventajas concretas. No se atribuye ninguna clase de ventajas a los expertos independientes que intervengan en el proyecto de fusión, administradores de la sociedad gestora y del depositario del fondo de inversión absorbente ni a los administradores de la sociedad absorbida. H.- Modificación estatutaria. En el fondo de Inversión Absorbente no se produce como consecuencia de la fusión, ninguna modificación en su Reglamento de Gestión. I.- Efectos sobre el empleo, sobre el impacto de género en los órganos de administración y sobre la responsabilidad social de la empresa. En ambas IIC que se fusionan no existen trabajadores o empleados, por lo que la presente fusión no tendrá ningún efecto sobre el empleo. Tampoco se prevé que tenga impacto de género en los órganos de administración ni que existan incidencias en la responsabilidad social de las IIC.

Barcelona, 25 de marzo de 2010.- El Secretario del Consejo Administración, Juan M.ª Figuera Santesmases.

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