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Documento BORME-C-2010-4457

ÁREA DE SERVICIO EL PONT, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DULCINEA SOLAR 6, SOCIEDAD LIMITADA
SOCIEDAD UNIPERSONAL
ISF LAS DEHESAS 3, SOCIEDAD LIMITADA
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 42, páginas 4641 a 4641 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-4457

TEXTO

Anuncio de Fusión Impropia

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que las Junta General Extraordinaria y Universal de socios de Área de Servicio El Pont, Sociedad Limitada, y el socio único de Dulcinea Solar 6, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, y ISF Las Dehesas 3, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, sociedades inscritas en el Registro Mercantil de Valencia, en sesión celebrada en fecha 4 de febrero de 2010 aprobaron por unanimidad en primera convocatoria la fusión por absorción de Dulcinea Solar 6, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal (sociedad absorbida) y ISF Las Dehesas 3, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal (sociedad absorbida) por Área de Servicio El Pont, Sociedad Limitada (sociedad absorbente), adquiriendo ésta por sucesión universal el patrimonio de las sociedades absorbidas, que quedarán extinguidas. Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances cerrados a 30 de septiembre de 2009 de dichas sociedades, también aprobados por unanimidad. La fusión por absorción se realizará de conformidad con el Proyecto de Fusión que fue depositado en el Registro Mercantil de Valencia con fecha 26 de enero de 2010, el cual también fue aprobado por unanimidad de la Junta General y el socio único, respectivamente, de ambas entidades.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto las sociedades absorbidas, Dulcinea Solar 6, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, y ISF Las Dehesas 3, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, están íntegramente participadas por la sociedad absorbente Área de Servicio El Pont, Sociedad Limitada. En consecuencia se procede a la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de las sociedades absorbidas a la sociedad absorbente. La fusión impropia referida tendrá efectos contables a partir del 1 de octubre de 2009. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, y cuya entrega o envío gratuito podrán solicitar, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan por plazo de un mes, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la citada Ley.

Valencia, 10 de febrero de 2010.- El Administrador Único de Área de Servicio El Pont, Sociedad Limitada (Paesho Inversiones 2002, Sociedad Limitada representado por Marcelino Conesa Lucerga).- El Administrador Único de Dulcinea Solar 6, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal (Marcelino Conesa Lucerga).- El Administrador Único de Isf Las Dehesas 3, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal (Marcelino Conesa Lucerga).

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