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Documento BORME-C-2010-38234

URBAN PORTFOLIO INMOBILIARIO, S.L.
URBAN SERVICIOS INMOBILIARIOS, S.L.
(SOCIEDADES PARCIALMENTE ESCINDIDAS)
URBAN ALKIRA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 250, páginas 40292 a 40292 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-38234

TEXTO

Anuncio de Escisión Parcial

De acuerdo con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace público que Urban Portfolio Inmobiliario, S.L. y Urban Servicios Inmobiliarios, S.L. (las "Sociedades") acordaron con fecha 30 de diciembre de 2010 escindirse parcialmente y transmitir en bloque la unidad económica independiente de sus patrimonios en renta a la sociedad "Urban Alkira, S.L. en constitución" que se subrogará en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido.

Como consecuencia de la escisión parcial referida, el capital social de Urban Portfolio Inmobiliario, S.L., que actualmente asciende a 3.421.934 euros, se reducirá hasta alcanzar la cifra de 2.231.329,23 euros mediante la amortización de las correspondientes participaciones sociales. Por su parte, el capital social de Urban Servicios Inmobiliarios, S.L., que a día de hoy es igual a 1.000.000 euros, se reducirá hasta quedar fijado en 582.296,66 euros, también mediante la amortización de las correspondientes participaciones. Por último, el capital social de Urban Alkira, S.L., en constitución, que a día de hoy asciende a 3.750 euros, se aumentará en un primer momento en 1.150.000 euros mediante la emisión de nuevas participaciones y a continuación se volverá a ampliar en 70.800 euros mediante la creación de nuevas participaciones, de forma que la cifra del capital social de la sociedad beneficiaria de la escisión quedará fijado en 1.224.550 euros.

No procede la aprobación de proyecto ni balance de escisión al amparo del artículo 42 de la Ley 3/2009 por ser la sociedad beneficiaria de responsabilidad limitada y haberse tomado el acuerdo de escisión con la asistencia de todos los socios de las Sociedades y por unanimidad.

En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial adoptado, y a oponerse a la escisión en el plazo de un mes desde la publicación de este anuncio.

Santiago de Compostela, 30 de diciembre de 2010.- Carlos Matovelle Gómez, Administrador único de Urban Portfolio Inmobiliario, S.L. y Urban Servicios Inmobiliarios, S.L.

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