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Documento BORME-C-2010-37875

RIPOLLESA D'EINES I SERVEIS PER LA CONSTRUCCIÓ, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
RESCON LLOGUERS, S.L.
ESTRUCTURES RIPOLL, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 247, páginas 39921 a 39921 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-37875

TEXTO

Fusión por absorción.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales y Extraordinarias de las Sociedades "Ripollesa D’eines i Serveis Per La Construcció, S.L." y "Rescon Lloguers, S.L." y "Estructures Ripoll, S.L." celebradas con carácter universal el día 10 de diciembre de 2.010, acordaron por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de "Rescon Lloguers, S.L." y "Estructures Ripoll, S.L., por parte de ""Ripollesa D’eines i Serveis Per La Construcció, S.L.", con entera transmisión del patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, que incorporará en bloque a título de sucesión universal todos los elementos integrantes del Activo y Pasivo de dicha sociedad, subrogándose "Ripollesa D’eines i Serveis Per La Construcció, S.L." en todos los derechos y obligaciones de "Rescon Lloguers, S.L." y "Estructures Ripoll, S.L., que quedará disuelta y extinguida, sin liquidación.

La fusión se ha llevado a cabo según el proyecto de fusión que no ha estado depositado en el Registro Mercantil de Girona de acuerdo con lo que prevé el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, y de los respectivos Balances cerrados a día 30 de noviembre de 2010.

Derecho de información y oposición: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que son parte en la operación de fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades a oponerse a la fusión, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio, en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley.

Ripoll, 15 de diciembre de 2010.- Francesc Roca Coma, Administrador único de la sociedad "Ripollesa D´eines i Serveis Per La Construcció, S.L.".

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