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Documento BORME-C-2010-37865

AURENTIA PLAZA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GESTIÓN DE PROYECTOS INMOBILIARIOS DEL SUR, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 247, páginas 39910 a 39911 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-37865

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que con fecha 3 de diciembre de 2010, la Junta General Universal y Extraordinaria de "Aurentia Plaza, S.A." (sociedad absorbente), en el ejercicio de sus competencias aprobó por unanimidad la fusión por absorción de la sociedad "Gestión de Proyectos Inmobiliarios del Sur, S.A." (sociedad absorbida), con disolución sin liquidación de esta última, y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos u obligaciones que compone su patrimonio a la sociedad absorbente, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión, suscrito en fecha 10 de noviembre de 2010, por el Administrador Único de las sociedades intervinientes en la fusión, que fue debidamente depositado en el Registro Mercantil de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1.4.ª de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, al ser el único accionista de la sociedad absorbente titular de todas las acciones en que se divide el capital social de la sociedad absorbida, se hace constar que la fusión ha sido únicamente aprobada por la Junta General de la sociedad absorbente, sin que haya sido necesario contar con la aprobación de la fusión por la Junta General de la sociedad absorbida. Asimismo, conforme al citado artículo, no ha sido necesario hacer mención en el proyecto de fusión, a los apartados 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la Ley 3/2009.

La Junta General Universal y Extraordinaria de Aurentia Plaza, S.A. acordó, por unanimidad, al amparo de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 3/2009, considerar balance de fusión, los balances de situación de cada sociedad participante, cerrados a 30 de septiembre de 2010, que igualmente resultó aprobado por unanimidad. La efectividad contable de los acuerdos de fusión se considerará producida a partir del 1 de enero de 2010. Al ser el único accionista de la sociedad absorbente titular de todas las acciones en que se divide en capital social de la sociedad absorbida, no se aumentará el capital social de la sociedad absorbente, ni será necesaria la elaboración de informes de los Administradores, ni de experto independiente sobre el proyecto de fusión.

No existe, tanto en la sociedad absorbente como en la absorbida, titulares de ninguna clase de derechos especiales distintos, ni se contempla el otorgamiento de ventajas de cualquier clase a favor de los Administradores de las sociedades partícipes en la mencionada operación de fusión.

La presente fusión se acogerá al régimen tributario establecido en el Capítulo VIII del Título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.

Se hace constar que la Junta General Universal y Extraordinaria de Aurentia Plaza, S.A. no ha considerado necesario efectuar modificación de ninguna clase en sus estatutos sociales.

Igualmente se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedad absorbente y absorbida a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como los balances de fusión, que asimismo, fueron aprobados en la Junta General Universal y Extraordinaria celebrada el día 3 de diciembre de 2010.

Asimismo se hace constar el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan, conforme a lo establecido en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles. Para ejercitar el derecho de oposición, los acreedores disponen del plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Alcalá de Henares (Madrid), 3 de diciembre de 2010.- El Administrador Único, don Telesforo Llorente Sanz.

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