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Documento BORME-C-2010-37021

CARTEL IMPORT, S. A. L.

Publicado en:
«BORME» núm. 241, páginas 39052 a 39053 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2010-37021

TEXTO

Junta General Extraordinaria de accionistas. De conformidad con lo establecido en el artículo 173.1, del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en su redacción dada por el Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre de 2010; por acuerdo del Consejo de Administración de esta sociedad, en su reunión celebrada el día 9 de diciembre de 2010, se convoca a los señores accionistas de la sociedad Cartel Import, S. A. L. a la Junta General Extraordinaria de accionistas, que tendrá lugar en la Notaría de los señores Recarte Casanova, sita en Madrid, Paseo General Martínez Campos, número 41, 2.º, DP 28010, el día 1 de febrero de 2011, a las 17:00, en primera convocatoria, y si no hubiera quórum suficiente, en el mismo lugar y a la misma hora el día siguiente, 2 de febrero de 2011, en segunda convocatoria. Dicha Junta General Extraordinaria tiene lugar a requerimiento de socios minoritarios de conformidad con lo establecido en el artículo 168 del expresado Real Decreto Legislativo 1/2010, con el siguiente

Orden del día

Primero.- Soluciones que se proponen para la autorización y fijación de los salarios de los accionistas de la sociedad que desempeñen funciones laborales y la reclamación en su caso de lo indebidamente percibido.

Segundo.- Acción de responsabilidad social contra el Consejo de Administración de la sociedad.

Tercero.- Se deje sin efecto los acuerdos adoptados en las Junta de accionistas celebradas durante el año 2010.

Cuarto.- De conformidad con la legislación vigente si se ha autorizado en Junta de accionistas la facultad de auto contratación a favor de los miembros del Consejo de Administración.

Quinto.- Informe de los honorarios que por cualquier concepto desde el año 2009 hasta la actualidad se haya satisfecho en concepto de servicios jurídicos, fiscales, contables y/o laborales.

Sexto.- Disolución de la sociedad.

Séptimo.- Arbitraje de equidad para caso de conflicto.

Para un mejor y más completo conocimiento del derecho de información de los señores accionistas, a continuación se transcriben íntegramente los artículos 197, 286 y 287 del expresado Real Decreto Legislativo 1/2010, referidos a dicho derecho de información del accionista, aplicable a la presente junta general. "Artículo 197.- Derecho de información en la sociedad anónima. 1.-Los accionistas podrán solicitar de los Administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta. Los Administradores estarán obligados a facilitar la información por escrito hasta el día de la celebración de la Junta General. 2.- Durante la celebración de la Junta General, los accionistas de la sociedad podrán solicitar verbalmente las informaciones o aclaraciones que consideren convenientes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día y, en caso de no ser posible satisfacer el derecho del accionista en ese momento, los Administradores estarán obligados a facilitar esa información por escrito dentro de los siete días siguientes al de la terminación de la Junta. 3.- Los Administradores estarán obligados a proporcionar la información solicitada al amparo de los dos apartados anteriores, salvo en los casos en que, a juicio del presidente, la publicidad de la información solicitada perjudique el interés social. 4.- No procederá la denegación de información cuando la solicitud esté apoyada por accionistas que representen, al menos, la cuarta parte del capital social". "Artículo 286. Propuesta de modificación. Los Administradores o en su caso, los socios autores de la propuesta deberán redactar el texto íntegro de la modificación que proponen y, en las sociedades anónimas, deberán redactar igualmente un informe escrito con justificación de la misma". "Artículo 287. Convocatoria de la Junta General. En el anuncio de convocatoria de la Junta General, deberán expresarse con la debida claridad los extremos que hayan de modificarse y hacer constar el derecho que corresponde a todos los socios de examinar en el domicilio social el texto íntegro de la modificación propuesta y, en el caso de sociedades anónimas, del informe sobre la misma, así como pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos".

Madrid, 9 de diciembre de 2010.- El Presidente del Consejo de Administración, don Antonio Martínez Molina.

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