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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, se hace público que, en fecha 26 de noviembre de 2010, las Juntas Generales celebradas con el carácter de Extraordinarias y Universales han acordado por unanimidad la escisión total de Río Jovero, Sociedad Limitada, por la que dicha sociedad se disuelve y extingue con división total de su patrimonio en cuatro partes, transmitiendo en bloque cada una de las partes, por sucesión universal, a favor de cuatro sociedades beneficiarias ya existentes, Entrecampos Ocho, Sociedad Limitada Unipersonal; Lajuse, Sociedad Limitada; Entrecampos Uno, Sociedad Limitada y Entrecampos Cuatro, Sociedad Limitada.
Asimismo, se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión total, de obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión total adoptados y de los balances de escisión. Se informa igualmente a los señores acreedores que podrán ejercitar su derecho de oponerse a la escisión total durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último acuerdo de escisión, en los términos previstos en el artículo 44 de la citada norma.
Madrid, 26 de noviembre de 2010.- Doña María Lourdes Segura Rodríguez, Administradora única de Río Jovero, Sociedad Limitada; Entrecampos Ocho, Sociedad Limitada Unipersonal; Entrecampos Cuatro, Sociedad Limitada y Administradora solidaria de Lajuse, Sociedad Limitada y Don Carlos Antonio Segura Rodríguez, Administrador único de Entrecampos Uno, Sociedad Limitada.
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