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Documento BORME-C-2010-36323

BANCO ETCHEVERRÍA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 234, páginas 38340 a 38341 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2010-36323

TEXTO

Emisión de Obligaciones Subordinadas.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 408 de la Ley de Sociedades de Capital, Banco Etcheverría, S.A., con C.I.F. A-15011885, domicilio social en Betanzos, La Coruña, Calle Cantón Claudino Pita número 2, con objeto social comprensivo de todas las actividades que son propias del negocio bancario, y una cifra de capital social de 5.950.000 euros, hace público, mediante el presente anuncio, una emisión de Obligaciones Subordinadas con las siguientes características principales:

Importe de la emisión: Dos millones trescientos mil (2.300.000) de euros en valores representados mediante títulos nominativos de mil (1.000) euros de valor nominal cada uno de ellos, a la par, y libre de gastos para el suscriptor.

Naturaleza y denominación de los valores. subordinación: Los valores a emitir son obligaciones subordinadas agrupadas en una emisión que se denominará "Obligaciones Subordinadas Banco Etcheverría 2010" (en adelante la "Emisión"). La Emisión tiene la consideración de subordinada de acuerdo con lo dispuesto en el art. 12.1.h) del Real Decreto 216/2008, de 15 de febrero, de recursos propios de las entidades financieras, así como en la norma 8ª.1.j) la Circular 3/2008, de 22 de mayo, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre determinación y control de los recursos propios mínimos, y, en consecuencia, a efectos de prelación de créditos, los valores a emitir se situarán detrás de todos los acreedores comunes de Banco Etcheverría, S.A.

Interés nominal: Los valores representativos de la Emisión devengarán un interés fijo del 4% durante los dos primeros años a contar desde la fecha de cierre, y variable durante el resto de vida de la Emisión, pagadero semestralmente, a un tipo de interés que será la media simple del Euribor a 6 meses durante los días hábiles del segundo mes natural inmediatamente anterior al de la fecha de variación correspondiente, cuyo resultado aparece publicado en el Boletín Eco-mensual que emite el Banco Central Europeo, incrementado en 0,25 puntos porcentuales. El pago de cupones se realizará, a través de cualquiera de las oficinas del Banco Etcheverría, con periodicidad semestral, el día siguiente al último día de cada periodo, esto es, en la fecha de variación. En el caso de que el tipo de interés aplicable fuera del 4 % durante todo el período, la T.A.E. sería del 4,04 %.

Suscripción y desembolso: El periodo de suscripción se abrirá el quinto día natural posterior a la fecha en la que se haya de considerar inscrita, con arreglo al artículo 55 del Reglamento del Registro Mercantil, la escritura de emisión, y finalizará transcurridos 90 días naturales desde la fecha de inicio del periodo de suscripción o antes, en el supuesto de que, con anterioridad a dicha fecha, la emisión hubiera quedado íntegramente suscrita y desembolsada. Las peticiones podrán realizarse ante cualquiera de las oficias del Banco Etcheverría, S.A. y se atenderán por riguroso orden de recepción. El importe suscrito deberá desembolsarse a la par el día de la suscripción de las obligaciones.

Vencimiento: La emisión de las obligaciones subordinadas se realiza por un plazo de 10 años contados desde la fecha de cierre de la emisión, amortizándose todas las Obligaciones subordinadas a la par y libre de gastos para el titular, cuando se cumpla dicho plazo. No obstante, transcurridos cinco años desde la fecha de cierre de la Emisión, y previa autorización del Banco de España, Banco Etcheverría, S.A. podrá a iniciativa propia, amortizar por su valor nominal las obligaciones subordinadas emitidas.

Garantías: La Emisión está garantizada por la responsabilidad patrimonial universal de Banco Etcheverría, S.A. sin perjuicio de su postergación a efectos de prelación de créditos derivada de su condición de financiación subordinada. No existen, en consecuencia, garantías personales, ni reales de terceros.

Potenciales Suscriptores: La emisión está dirigida a un número de inversores inferior a 100, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 bis 1 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, no tiene la consideración de Oferta Pública valores. Las obligaciones no estarán admitidas a cotización en ningún mercado secundario.

Comisario. sindicato de obligacionistas: Banco Etcheverría, S.A. ha designado a don José Luis Vázquez Fernández como comisario. Las relaciones jurídicas entre el Sindicato de Obligacionistas y el Banco Etcheverría se regirán por lo dispuesto en el capítulo cuarto del título XI de la Ley de Sociedades de Capital.

La Coruña, 26 de noviembre de 2010.- El Presidente del Consejo de Administración, Javier Etcheverría de la Muela.

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