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Documento BORME-C-2010-36265

SABERA, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
AÑIL 60, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 234, páginas 38280 a 38280 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-36265

TEXTO

Anuncio de escisión.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que las Juntas Generales de socios de Sabera, S.L. y Añil 60, S.L., en sus respectivas sesiones celebradas con carácter de universal el día 31 de Octubre de 2010, adoptaron por unanimidad el acuerdo de escisión parcial de Sabera, S.L., mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de una parte de su patrimonio, que forma una unidad económica, a la sociedad Añil 60, S.L., preexistente. Los socios de la sociedad que se escinde recibirán un número de participaciones de la sociedad beneficiaria proporcionales a su respectiva participación en la sociedad que se escinde parcialmente, que reducirá el capital social en la cuantía necesaria. La escisión se realiza tomando como Balance de Escisión, el cerrado a 31 de octubre de 2010, teniendo efectos contables desde el 2 de noviembre de 2010, de acuerdo con el proyecto de escisión parcial de fecha 31 de octubre de 2010 elaborado conjuntamente por miembros del órgano de administración de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Salamanca con fecha 23 de noviembre de 2010.

La escisión se acuerda con arreglo a los principios de neutralidad fiscal, al acogerse la misma a lo previsto en el Capítulo VIII del Título VII de la Ley del Impuesto de Sociedades.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de cada una de las sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, el cual se encuentra a su disposición en el domicilio social de la Sociedad escindida, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades, en los términos previstos en la citada Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio del presente acuerdo de escisión.

Salamanca, 29 de noviembre de 2010.- Administrador, D. Benjamín Huidobro Noreña.-Administrador, D.ª María Sara Huidobro Gómez.

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