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Documento BORME-C-2010-34914

PIVELLÓN, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 36889 a 36890 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2010-34914

TEXTO

Ampliación del objeto social.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 289 del Real Decreto Legislativo 1/10, de fecha 2 de julio de 2010, se comunica que por acuerdo de la Junta General Extraordinaria de Accionistas, de la sociedad Pivellón, Sociedad Anónima, con domicilio en la calle Roma, número 4 de Polán (Toledo), con C.I.F. número A- 45059508, celebrada en primera convocatoria, el pasado día 2 de julio de 2010, se acordó por unanimidad, la ampliación del objeto social de la compañía a fin de abarcar la explotación de plantas fotovoltaicas, la comercialización de electricidad producida a partir de energía solar, así como la explotación de plantas generadoras de energía eléctrica a partir de otras energías renovables y la posterior venta a terceros de la electricidad producida.

Ampliándose así el artículo 2 de los Estatutos sociales y siendo en adelante el que ahora se transcribe:

"Artículo 2.º: Objeto:

-Fabricación de prendas exteriores de punto.

-Fabricación de géneros de punto en pieza.

-Fabricación de calcetería.

-Fabricación de prendas interiores y ropa de dormir de punto en serie.

-Almacenamiento, distribución y comercialización de toda clase de artículos de género de punto.

-La participación directa o indirecta en toda operación o empresa, sea por vía de creación de una sociedad nueva, de participación en sociedades ya existentes o por asociación con terceros y otras sociedades.

-La promoción o ejecución de toda clase de proyectos o empresas industriales con la participación directa o indirecta en sus operaciones y en su capital, así como la prestación a terceros de asesoramiento y estudios relacionados con los fines sociales.

-La importación y exportación de toda clase de prendas de punto así como la compra y venta de toda clase de artículos de género de punto.

-La prestación de garantías de cualquier naturaleza a favor de terceros, en cobertura de las obligaciones de éstos frente a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.

-La adquisición, tenencia, disfrute, venta o gravamen de valores mobiliarios, tanto de renta fija como variable, nacionales o extranjeros y de emisión pública o privada.

-La realización de cuantos actos de lícito comercio tengan relación directa o indirecta con los artículos de género de punto y de aquellos otros que sean previos, coadyuvantes, accesorios o complementarios de los ya reseñados y sin que en ningún caso la anterior enumeración del objeto social limite la plena capacidad jurídica de la sociedad.

-La explotación de plantas fotovoltaicas, la comercialización de electricidad producida a partir de energía solar, así como la explotación de plantas generadoras de energía eléctrica a partir de otras energías renovables y la posterior venta a terceros de la electricidad producida.

Lo que se notifica a los efectos oportunos.

Madrid, 16 de noviembre de 2010.- Consejero Delegado, don Salvador Pinilla Miguel.

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