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Documento BORME-C-2010-34267

REHABILITACIÓN LEVANTINA DE INMUEBLES,
SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
RENTA TURÍSTICA Y URBANA,
SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD DE NUEVA CREACIÓN BENEFICIARIA
DE LA ESCISIÓN PARCIAL)

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 36203 a 36203 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-34267

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que por decisión de Socio Único de la compañía Rehabilitación Levantina de Inmuebles, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal) de fecha 16 de noviembre de 2010, se ha aprobado la escisión parcial de Rehabilitación Levantina de Inmuebles, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal), mediante la segregación de la parte de su patrimonio que constituyendo una unidad económica y rama de actividad se halla dedicada a la actividad de arrendamiento de inmuebles y muebles para su utilización como apartamentos turísticos y explotación de establecimientos hoteleros por sí o a través de terceros mediante cesión, a favor de la entidad Renta Turística y Urbana, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal), entidad que se creará y que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por el Administrador de las sociedades intervinientes.

Como consecuencia de la operación de escisión parcial, la sociedad escindida Rehabilitación Levantina de Inmuebles, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal) ha acordado reducir su capital social en la cifra de 661,10 euros, mediante la amortización de 11 participaciones sociales, las números 90 a 100, ambas inclusive, como consecuencia de la transmisión del patrimonio segregado a la sociedad beneficiaria de nueva creación Renta Turística y Urbana, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal), que, en consecuencia, procederá a constituirse con un capital social de 3.003 euros, mediante la creación de 3.003 nuevas participaciones de 1 euro de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 3.003, ambos inclusive.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como del Balance de escisión. Del mismo modo, se deja pública constancia del derecho de los acreedores a oponerse a la escisión parcial en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Valencia, 16 de noviembre de 2010.- El Administrador Único de Rehabilitación Levantina de Inmuebles, S.L. (Sociedad Unipersonal), sociedad parcialmente escindida, y de Renta Turística y Urbana, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal), sociedad de nueva creación y beneficiaria de la escisión, don Juan Bautista Mafe Albalate.

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