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Documento BORME-C-2010-3364

MOTRASA AUTO, S.L.
Y MOTRASA REPUESTOS, S.A.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)
MARCOS Y SERVICIOS, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)

Publicado en:
«BORME» núm. 33, páginas 3498 a 3498 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-3364

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público para general conocimiento que, por un lado, el Socio Único de la sociedad "Motrasa Auto, S.L.", y el Accionista Único de la sociedad "Motrasa Repuestos, S.A.", y por otro lado, la Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada con carácter universal de "Marcos y Servicios, S.A.", en fecha 18 de enero de 2010, acordaron la operación de fusión por absorción en virtud de la cual la sociedad "Marcos y Servicios, S.A.", absorbe a las sociedades "Motrasa Auto, S.L." y "Motrasa Repuestos, S.A.", mediante la transmisión a favor de "Marcos y Servicios, S.A.", de la totalidad de activos y pasivos de éstas últimas, todo ello, sobre la base de las menciones y términos que se recogen en el proyecto de fusión suscrito por todos los órganos de administración de las sociedades intervinientes, con fecha 21 de diciembre de 2009, debidamente presentado a depósito en el Registro Mercantil de Alicante con fecha 8 de febrero de 2010. Se aprobó por cada una de las sociedades involucradas en la presente operación, como balance de fusión el cerrado a 30 de septiembre de 2009.

Dado que la totalidad de las acciones representativas del 100% del capital social de la mercantil "Motrasa Auto, S.L." y "Motrasa Repuestos, S.A." (Sociedades Absorbidas), son íntegramente titularidad de "Marcos y Servicios, S.A." (Sociedad Absorbente), a la presente fusión le son de aplicación las normas y preceptos que se recogen en el artículo 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, el balance de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores y cuanta otra documentación así les facultase la legislación vigente, toda la cual se encuentra a disposición de éstos en los respectivos domicilios sociales. Los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión podrán oponerse a la misma en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión, en los términos del artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Alicante, 18 de enero de 2010.- Don Francisco Joaquín Marcos Bañuls, Administrador Solidario de Marcos y Servicios, S.A. y, adicionalmente, Administrador Único de Motrasa Auto, S.L., y Motrasa Repuestos, S.A.

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