Está Vd. en

Documento BORME-C-2010-3324

MIZAR, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 32, páginas 3454 a 3455 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2010-3324

TEXTO

La Junta general extraordinaria de la sociedad, celebrada el día 18 de enero de 2010 adoptó por mayoría y con quórum suficiente el acuerdo de aumentar el capital social en cuatrocientos treinta y dos mil setecientos veinte (432.720,00) euros de acuerdo las siguientes condiciones:

El aumento de capital se realiza mediante la emisión de cuatro mil ochocientas (4800) nuevas acciones de la serie única con un valor nominal de noventa euros y quince céntimos de euro (90,15) cada una, numeradas correlativamente de la mil seiscientos uno a la seis mil cuatrocientos (1601/6400), ambas inclusive.

Los actuales Accionistas podrán ejercer el derecho de suscripción preferente de acuerdo con lo siguiente:

El Periodo de Suscripción Preferente tendrá una duración de un mes contado desde la publicación del anuncio de oferta de suscripción de esta emisión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

A cada acción existente de la Sociedad le corresponde el derecho de adquisición preferente de tres (3) Nuevas Acciones. Cada Acción Nueva suscrita en el ejercicio del derecho de suscripción preferente debe ser suscrita y desembolsada al Precio de Suscripción, esto es, 90,15 euros por acción.

Adicionalmente y con carácter incondicional e irrevocable, durante el Período de Suscripción Preferente, los actuales Accionistas, podrán solicitar simultáneamente la Suscripción de Acciones Adicionales de la Sociedad para el supuesto de que al término del Período de Suscripción Preferente quedaran acciones sobrantes no suscritas en ejercicio del derecho de suscripción preferente y, por tanto no se hubiera cubierto el importe total de la Ampliación de Capital. Esta solicitud deberá formularse mediante la cumplimentación del documento "Orden de Suscripción Preferente de Acciones de Mizar, SA", el cual se halla a disposición de los actuales Accionistas en el domicilio social. Para poder solicitar Acciones Adicionales, el Accionista actual deberá ejercitar la totalidad de los derechos de suscripción preferente que tenga asignados.

El desembolso íntegro del Precio de Suscripción de cada Acción Nueva suscrita durante el Período de Suscripción Preferente se deberá realizar por los suscriptores en el momento de la suscripción de las Acciones Nuevas (es decir, al tiempo de formular la "Orden de Suscripción preferente de acciones de Mizar, SA" ), mediante el ingreso en la cuenta bancaria que la compañía tiene en el Banco de Sabadell Atlántico "0081-0268-26-0001371344"

En el supuesto de que finalizado el Período de Suscripción Preferente hubiera acciones sobrantes, el día hábil siguiente a la fecha de finalización del Período de Suscripción Preferente se procederá a distribuir estas acciones entre los actuales Accionistas que hubiesen solicitado la suscripción de Acciones Adicionales durante el Período de Suscripción Preferente.

Si el número de Acciones Adicionales solicitadas fuera superior a las acciones sobrantes, la Sociedad practicará un prorrateo proporcional al número de acciones que cada Accionista Legitimado que haya solicitado la suscripción de Acciones adicionales poseía antes de la emisión de la presente ampliación.

A partir de ese instante (el día hábil siguiente a la fecha de finalización del Período de Suscripción Preferente) la Sociedad tendrá a disposición de los accionistas el Listado de Asignación de Acciones Adicionales en el domicilio social.

El desembolso íntegro del Precio de Suscripción de cada Acción Nueva suscrita en el Período de Asignación de Acciones Adicionales se realizará no más tarde del tercer día hábil siguiente a la finalización del Período de Asignación de Acciones Adicionales a través de la cuenta bancaria antes indicada.

En el supuesto de que, finalizado el Período de Asignación de Acciones Adicionales, las acciones suscritas durante el Período de Suscripción Preferente, junto con las Acciones Adicionales solicitadas por los suscriptores, no fuesen suficientes para cubrir la totalidad de las Acciones Nuevas objeto de la Ampliación de Capital se iniciará el Período de asignación discrecional, que tendrá una duración de dos (2) días hábiles, comenzando el primer día hábil posterior a la finalización del plazo límite de desembolso de las Acciones Nuevas suscritas en el Período de Asignación de Acciones Adicionales, en el que los Administradores solidarios de la Sociedad adjudicarán, de entre las demandas recibidas de otros inversores, las acciones sobrantes al Precio de Suscripción. La Sociedad comunicará a los inversores las asignaciones de Acciones de Asignación Discrecional en el plazo de dos días hábiles posteriores al Período de asignación discrecional y éstos, a su vez, procederán al desembolso íntegro del Precio de Suscripción de cada Acción Nueva suscrita en el Período de Asignación Discrecional no más tarde del tercer día hábil siguiente a la notificación de la Sociedad, a través de la cuenta bancaria antes indicada.

Caso de no ser suscrito íntegramente el aumento de capital dentro del plazo fijado, se declarará su suscripción incompleta, quedando aumentado el capital en la cuantía de las suscripciones efectuadas, de conformidad con el art.161.1 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Palma de Mallorca, 9 de febrero de 2010.- Administradora Solidaria, María Guadalupe Salas Bauza.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid