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Documento BORME-C-2010-33162

INMOBILIARIA ACINIPO, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CARTERA INMOBILIARIA JAÉN, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 216, páginas 35046 a 35046 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-33162

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que la entidad "Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga, Antequera y Jaén (Unicaja)", Socio Único de las mercantiles "Inmobiliaria Acinipo, Sociedad Limitada Unipersonal" y de "Cartera Inmobiliaria Jaén, Sociedad Anónima Unipersonal", en ejercicio de competencias de sendas Juntas Generales de socios, celebradas con el carácter de Extraordinaria y Universal, con fecha 5 de noviembre de 2010, ha decidido aprobar la fusión de ambas mercantiles mediante la absorción por parte de "Inmobiliaria Acinipo, Sociedad Limitada Unipersonal" de la sociedad "Cartera Inmobiliaria Jaén, Sociedad Anónima Unipersonal".

La referida fusión se lleva a efecto con extinción de la sociedad absorbida y la transmisión a la sociedad absorbente, por sucesión universal, de la totalidad de los derechos y obligaciones que componen el patrimonio de la sociedad absorbida.

Dicha operación se realiza por el procedimiento simplificado regulado en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles. De igual modo, se pone de manifiesto que al encontrarse las sociedades intervinientes íntegramente participadas por el mismo socio, en virtud de lo establecido en el artículo 52 de la mencionada Ley, a la fusión acordada le resulta de aplicación lo previsto en el artículo 49 para la absorción de sociedades íntegramente participadas y, en consecuencia, no se ha aumentado el capital social de la sociedad absorbente, ni ha sido precisa la emisión de informes de Administradores y expertos sobre el proyecto de fusión.

Se hace constar expresamente que la fusión por absorción aprobada, se adopta sobre la base íntegra del Proyecto Común de Fusión por Absorción entre "Inmobiliaria Acinipo, Sociedad Limitada Unipersonal" (sociedad absorbente) y "Cartera Inmobiliaria Jaén, Sociedad Anónima Unipersonal" (sociedad absorbida) que, redactado al efecto conjuntamente por los Administradores de las dos compañías, fue aprobado y suscrito por todos ellos, con fecha 27 de septiembre de 2010; y de los balances de fusión aprobados, que fueron los cerrados a 31 de agosto de 2010, estando debidamente auditado en el caso de "Inmobiliaria Acinipo, Sociedad Anónima Unipersonal", por hallarse ésta legalmente obligada a ello.

A su vez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la mencionada Ley, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión aprobados, así como el derecho que asiste a los citados acreedores a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, durante el plazo de un (1) mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de este acuerdo de fusión.

Málaga, 8 de noviembre de 2010.- El Secretario No Consejero del Consejo de Administración de "Inmobiliaria Acinipo, S.L.U.", don Francisco Jiménez Machuca; y el Secretario Consejero del Consejo de Administración de "Cartera Inmobiliaria Jaén, S.A.U.", don Ángel Luis Siles Talens.

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