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Documento BORME-C-2010-32637

EOS FIELD SERVICES SPAIN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EOS ACCIÓN DE COBRO ESPAÑA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 213, páginas 34507 a 34507 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-32637

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que los socios únicos de las sociedades Eos Field Services Spain, S.L.U. y Eos Acción de Cobro España, S.A.U., en ejercicio de las competencias de la Junta General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobaron, el 22 de octubre de 2010, la fusión por absorción de la sociedad Eos Acción de Cobro España, S.A.U. (sociedad absorbida) por parte de su único accionista la sociedad Eos Field Services Spain, S.L.U. (sociedad absorbente), con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida (Eos Acción de Cobro España, S.A.U.) y la transmisión en bloque de todo su patrimonio derechos y obligaciones a la sociedad absorbente (Eos Field Services Spain, S.L.U.), todo ello conforme el proyecto común de fusión suscrito por los Administradores de ambas sociedades el 5 de mayo de 2010, habiéndose aprobado previamente los Balances de fusión cerrados para cada una de las dos sociedades intervinientes el día 31 de diciembre de 2009. Como consecuencia de la fusión la sociedad absorbente pasará a adoptar la denominación de la sociedad absorbida Eos Acción de Cobro España. Asimismo el domicilio social pasará a ser el de la sociedad absorbida situado en Bergondo (La Coruña) calle Parroquia de Rois, Parcela B-18.

Se hace constar, expresamente, el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión; y también se señala que conforme al artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, los acreedores de las sociedades intervinientes podrán oponerse a la fusión en los términos establecidos en el citado artículo de la referida Ley 3/2009.

Barcelona, 22 de octubre de 2010.- El Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbida, don Hans Werner Scherer.-Los Administradores Mancomunados de la Sociedad Absorbente, don Andreas Witzig y don Manuel González Cortés.

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