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Documento BORME-C-2010-31642

ECUR CONSTRUCTORA URBANIZADORA,
SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ECUR PROMOCIONES Y PROYECTOS,
SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 207, páginas 33461 a 33461 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-31642

TEXTO

Anuncio de Fusión por absorción.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar que la mercantil "Inlast, Sociedad Limitada Unipersonal", Socio Único de "Ecur Constructora Urbanizadora, Sociedad Limitada Unipersonal" y de "Ecur Promociones y Proyectos, Sociedad Limitada unipersonal", ha decidido aprobar el día 29 de junio de 2010 la fusión de las referidas Sociedades mediante la absorción de "Ecur Promociones y Proyectos, Sociedad Limitada Unipersonal", por "Ecur Constructora Urbanizadora, Sociedad Limitada Unipersonal".

La referida fusión se lleva a cabo con extinción sin liquidación de la Sociedad absorbida y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad absorbente que adquiere, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de aquélla. Dicha operación se realizará por el procedimiento simplificado regulado en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Se hace constar igualmente que se aprobaron los respectivos balances del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2009 como balances de fusión, debidamente auditado en el caso de "Ecur Constructora y Urbanizadora, Sociedad de Responsabilidad Limitada", por hallarse ésta legalmente obligada a ello.

A su vez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la mencionada Ley, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las Sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los Acuerdos de fusión y de los Balances de fusión aprobados, así como el derecho a oponerse a la fusión, en los términos del artículo 44 de la citada Ley, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de este Acuerdo de fusión.

Málaga, 15 de octubre de 2010.- Don Miguel Ángel de la Lastra Serrano, Administrador Único de "Ecur Constructora Urbanizadora, Sociedad Limitada Unipersonal" y de "Ecur Promociones y Proyectos, Sociedad Limitada Unipersonal".

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