En la Junta General Extraordinaria de Lucentum Baloncesto Alicante, S.A.D., celebrada el día 23 de agosto de 2010 se aprobó una ampliación del capital social por importe de 1.549.620 euros, mediante la emisión de 51.654 nuevas acciones de 30 euros de valor nominal, para posteriormente, ofrecer las citadas acciones a los actuales accionistas respetando el derecho de suscripción preferente y los plazos establecidos en la Ley y en los estatutos de esta Sociedad Anónima Deportiva para ejercer dicho derecho.
El plazo que se establece para que dichos accionistas ejerzan su derecho preferente de adquisición es de treinta días (30) conforme a lo dispuesto en el artículo 305 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y estatutos de esta Sociedad Anónima Deportiva, plazo que se contará desde el día siguiente a la publicación de este anuncio.
En este primer plazo, cada accionista tendrá derecho a adquirir tres (3) acciones nuevas por cada cinco (5) que posea, el precio de cada acción es el valor nominal de la misma (30 euros), y el desembolso de las acciones se realizará en el momento que se formalice la adquisición, mediante el ingreso que proceda en la cuenta nº 2090-3070-94-0200122027 en la oficina que la CAM tiene en Alicante, avenida Doctor Rico, 2-4, CP 03005.
Para documentar y formalizar la adquisición de acciones, en el banco indicado o en las oficinas de esta Sociedad Anónima Deportiva, se les facilitará un impreso que deberá cumplimentar por triplicado y presentar en el banco al efectuar el ingreso. Formalizada la adquisición de acciones, una de las copias del impreso, sellado por el banco, quedará en su poder como justificante de las acciones adquiridas, y el otro deberá remitirse a las oficinas de Lucentum Baloncesto Alicante, S.A.D.
Transcurrido el 1.º plazo de adquisición preferente, y siempre y cuando quedaran acciones pendientes de adquisición, se establece un 2.º plazo de 10 días para que puedan adquirirlas los accionistas de la Sociedad Anónima Deportiva sin necesidad de ostentar el derecho de suscripción preferente. Transcurrido este 2º. plazo, si quedaran acciones pendientes de adquisición, éstas podrán ser adquiridas, en el plazo de 5 días por cualquier persona.
Alicante, 15 de octubre de 2010.- V.º B.º El Presidente, don Francisco Miguel Cano.-El Secretario, don Eduardo García Domenech.
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