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Documento BORME-C-2010-29792

EDIFICIO ESPAÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD A ESCINDIR)
EDIESA INMUEBLES, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
EDIESA HOTELES, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
EDIFICIO ESPAÑA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 195, páginas 31539 a 31539 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-29792

TEXTO

Anuncio de Acuerdo de Escisión total.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43, por remisión de los artículos 73 y siguientes, y concordantes de la Ley 3/2.009, de 3 de Abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que el accionista único de la compañía Edificio España, S.A.U., en funciones de Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada con el carácter de Universal, en su domicilio social, el día 1 de Octubre de 2.010, acordó por unanimidad la escisión total de la mencionada Sociedad mediante el traspaso de todo su patrimonio a tres (3) Sociedades de Responsabilidad Limitada de nueva creación, denominadas "Ediesa Inmuebles, S.L.U.", "Ediesa Hoteles, S.L.U." y "Edificio España, S.L.U.", previa disolución sin liquidación de la Sociedad que se escinde; todo ello, de acuerdo al Proyecto de Escisión depositado en el Registro Mercantil de Salamanca, el día 30 de Septiembre de 2.010, no siendo preceptiva la emisión de Informe de Experto Independiente, ni Informe de los Administradores, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 42, por remisión de los artículos 77 y 78, y concordantes de la Ley 3/2.009, de 3 de Abril, y demás legislación aplicable.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de la Sociedad que se escinde a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados, así como del Balance de escisión. Del mismo modo, se hace constar también el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 44 y concordantes de la Ley 3/2.009, de 3 de Abril, de oponerse a la escisión, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión.

Salamanca, 4 de octubre de 2010.- Fdo.: D. Ángel Martín Andrés, Secretario no consejero del Consejo de Administración.

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