Está Vd. en

Documento BORME-C-2010-28843

NEWCO HOLDING OPTICS, SOCIEDAD LIMITADA

Publicado en:
«BORME» núm. 187, páginas 30542 a 30542 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2010-28843

TEXTO

En la Junta general de socios celebrada el 7 de septiembre de 2010, válidamente constituida, se adoptaron por mayoría del capital social los siguientes acuerdos relativos a la ampliación de su capital social previsto en el punto segundo del orden del día de su convocatoria:

1. Creación de un máximo de un millón cuatrocientas ochenta y cinco mil ciento cincuenta (1.485.150) participaciones sociales, de un euro (1 euro) de valor nominal y dos euros con tres céntimos (2,03 euros) de prima de asunción cada una de ellas.

2. Modificación del artículo 5º de los Estatutos Sociales.

En consecuencia, se informa a los socios de lo siguiente:

a) Derecho de preferencia.- Los socios podrán ejercitar el derecho de asunción preferente hasta un mes después de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en proporción a su participación en el capital social. No obstante, tendrán también consideración de asunción y desembolso de la ampliación de capital aquellas aportaciones efectuadas desde la aprobación de la ampliación hasta el día de publicación de este anuncio, siempre que así se hubiera indicado en el ingreso.

b) Derecho de preferencia de segundo grado.- Las participaciones no asumidas en el ejercicio del derecho de preferencia podrán ser asumidas por los socios que hubieran ejercitado tal derecho de preferencia, para su asunción y desembolso en un plazo no superior a quince días desde la conclusión del anterior plazo de asunción preferente. Si existieren varios socios interesados en asumir las participaciones ofrecidas, éstas se adjudicarán en proporción a las que cada uno de ellos tuviere en la sociedad.

c) Asunción y desembolso: Los socios interesados podrán asumir las participaciones que les correspondan mediante el desembolso íntegro del valor nominal y la prima de asunción. El desembolso se hará mediante ingreso en la cuenta corriente 0049/5068/11/2216445880 abierta a nombre de la sociedad.

d) Aumento incompleto: Si el aumento de capital no se asumiera íntegramente en los plazos antes indicados, el capital social se aumentará en la cuantía de las asunciones efectuadas.

e) Delegación en el órgano de administración: El órgano de administración ejecutará el acuerdo de ampliación y, de acuerdo con las asunciones y desembolsos efectuados, dará nueva redacción al artículo 5.º de los Estatutos Sociales relativo al capital social.

Lo que se pone en conocimiento de todos los socios para el ejercicio del derecho de asunción preferente previsto en los artículos 304 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Colmenar Viejo, 24 de septiembre de 2010.- D. Javier Sanchis Martínez, representante persona física de Multiópticas Sociedad Cooperativa, Administradora Única de la sociedad.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid