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De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión del art. 73 del mismo texto legal, se hace público que los Socios Únicos de las sociedades Sogeti España, S.L.U. y Capgemini España, S.L.U., constituidos en Junta General, han adoptado con fecha 23 de septiembre de 2010 el acuerdo de escisión parcial de Sogeti España, S.L.U. (escindida) y Capgemini España, S.L.U (beneficiaria) con aportación por parte de la primera de la rama de actividad de "Proyectos y Servicios de IT" a favor de esta última, según los términos establecidos en el Proyecto Común de Escisión Parcial suscrito por los administradores de ambas compañías.
Se hace constar que los socios y acreedores de las Sociedades que intervienen en la escisión tienen el derecho de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de Escisión. Asimismo, los acreedores de las Sociedades participantes en la escisión podrán oponerse al acuerdo de escisión, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Madrid, 23 de septiembre de 2010.- Presidente del Consejo de Capgemini España, S.L., don Olivier Sevillia. Presidente del Consejo de Sogeti España, S.L., don Luc François Joachim Salvador.
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