Está Vd. en

Documento BORME-C-2010-28439

TÉCNICAS ELÉCTRICAS Y DESARROLLO INTEGRAL, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
TÉCNICAS ELÉCTRICAS Y DESARROLLO INTEGRAL, S.L.
AVANT TEYDI GLOBAL, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 184, páginas 30110 a 30110 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-28439

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43, por remisión del artículo 73, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de Técnicas Eléctricas y Desarrollo Integral, S.L., en fecha 15 de septiembre de 2010, han acordado por unanimidad la escisión total de la sociedad Técnicas Eléctricas y Desarrollo Integral, S.L., que se extinguirá, mediante la división de la totalidad del patrimonio de la compañía en dos partes, que se aportarán en bloque por sucesión universal a dos sociedades de nueva constitución, Técnicas Eléctricas y Desarrollo Integral, S.L. y Avant Teydi Global, S.L., como Sociedades Beneficiarias de la Escisión.

Se hace constar que conforme a lo establecido en el artículo 42 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión del artículo 73 de la citada Ley, y teniendo en cuenta que las Sociedades Beneficiarias de la Escisión no son sociedades anónimas ni comanditarias por acciones y el acuerdo de escisión ha sido aprobado por unanimidad de la totalidad de los socios de la Sociedad Escindida, Técnicas Eléctricas y Desarrollo Integral, S.L., no son de aplicación las normas generales sobre el proyecto y Balance de Escisión que se establecen en las Secciones segunda y tercera del Capítulo I de la Ley 3/2009 de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión del artículo 73 de la citada Ley.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 43, por remisión del artículo 73, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el derecho de los socios y acreedores de las sociedades que participan en el proceso de Escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de Escisión, el cual se encuentra a su disposición en el domicilio social de la Sociedad Escindida, Técnicas Eléctricas y Desarrollo Integral, S.L.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, por remisión del artículo 73, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, los acreedores de la Sociedad Escindida podrán oponerse al acuerdo de escisión adoptado por dichas sociedades, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del presente anuncio.

Monforte de Lemos, 15 de septiembre de 2010.- El Secretario del Consejo de Técnicas Eléctricas y Desarrollo Integral, S.L., don Juan Ruiz Partal.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid