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Documento BORME-C-2010-27166

AMUNDI IBERIA, S.G.I.I.C., S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SGAM IBERIA, A.V., S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 166, páginas 28787 a 28787 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-27166

TEXTO

Anuncio de Fusión

Conforme al artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("Ley 3/2009"), se hace público que la Junta General Extraordinaria Universal de Amundi Iberia, S.G.I.I.C., S.A. así como el Socio Único de Sgam Iberia, A.V. S.A.U. aprobaron respectivamente, el pasado 4 de agosto de 2010 la fusión por absorción de Sgam Iberia, A.V. S.A.U. por Amundi Iberia, S.G.I.I.C., S.A. Como consecuencia de la fusión, la Sociedad Absorbente adquirirá por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, que se extingue, transmitiendo ésta a la Sociedad Absorbente la totalidad de su patrimonio.

En tanto las sociedades Amundi Iberia, S.G.I.I.C., S.A. y Sgam Iberia, A.V. S.A.U. son entidades sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores la operación prevista queda condicionada, asimismo, a la obtención de la autorización administrativa pertinente.

La fusión se ha acordado en los términos del Proyecto Común de Fusión redactado y suscrito el 28 de julio de 2010 por los miembros de los respectivos Consejos de Administración de las sociedades participantes, tomando como base los Balances de fusión de 30 de junio de 2010 debidamente verificados por los auditores y asimismo aprobados por los correspondientes órganos sociales de las sociedades participantes.

A los efectos de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, se hace constar expresamente:

a) El derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, en el domicilio de cada una de las sociedades.

b) El derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades participantes durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el mencionado artículo 44 de la Ley 3/2009.

Madrid, 23 de agosto de 2010.- Don Michel Escalera, Consejero Delegado de Amundi Iberia, S.G.I.I.C., S.A., y don Gonzalo de Sala Ribé, Secretario no Consejero de Sgam Iberia, A.V., S.A.U.

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