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Documento BORME-C-2010-26774

FRIESLANDCAMPINA IBERIA, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FRIESLAND FOODS CHEESE IBÉRICA, S.L.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 156, páginas 28374 a 28374 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-26774

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que el socio único de FrieslandCampina Iberia, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, ha aprobado en Junta General de fecha 23 de julio de 2010 la fusión por absorción de Friesland Foods Cheese Ibérica, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal (sociedad absorbida) por parte de FriesladCampina Iberia, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal (sociedad absorbente). Dicha fusión supone la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque a la sociedad absorbente del patrimonio social de la sociedad absorbida, quedando subrogada la sociedad absorbente en todos los activos, pasivos, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida con carácter general y sin reserva ni limitación alguna y con extinción de la sociedad absorbida, todo ello con arreglo a los términos del Proyecto de Fusión formulado por los Órganos de Administración de las sociedades intervinientes con fecha 30 de junio de 2010 y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona bajo el número 233 en fecha 8 de julio de 2010. La fusión se efectúa atendiendo a lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009, al tratarse de la absorción de una sociedad íntegramente participada, por lo que no resulta precisa la aprobación de la fusión por la Junta General de la sociedad absorbida. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes en el proceso de fusión a oponerse a la misma en los términos establecidos en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009.

Barcelona, 30 de julio de 2010.- El Secretario del Consejo de Administración de FrieslandCampina Iberia, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, don Juan Ramón Miquel Torrents.

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