Contido non dispoñible en galego
A los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante LME), se hace público que las Juntas Generales de socios de la sociedad chilena Cencosud Internacional Limitada y de la sociedad española Cencosud España, Sociedad Limitada, celebradas el 22 de julio de 2010, han aprobado, por unanimidad, la fusión transfronteriza de las citadas sociedades mediante la absorción de Cencosud España, Sociedad Limitada (como Sociedad Absorbida) por Cencosud Internacional Limitada (como Sociedad Absorbente) como resultado de la cual la Sociedad Absorbida se extinguirá y la Sociedad Absorbente adquirirá los activos y los pasivos de ésta a título de sucesión universal. Asimismo, dichas Juntas han aprobado como balances de fusión los cerrados al 31 de diciembre 2009. La fusión se acordó en los términos y condiciones que se indican en el Proyecto Común de Fusión, debidamente depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 30 de junio de 2010.
De acuerdo con el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, el cual podrán ejercitar en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de fusión.
Asimismo, se hace constar que los acreedores pueden disponer, sin gastos, de una información exhaustiva sobre las condiciones de ejercicio de sus derechos en el domicilio social de la Sociedad Absorbida sito en la Calle Zurbano, número 5, Oficina 1-3, Madrid.
Madrid, 28 de julio de 2010.- El Secretario del Consejo de Administración de Cencosud España, Sociedad Limitada, don Arturo Delgado de Almeida.
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