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Documento BORME-C-2010-26548

MIXTO EUROPA 15, S.I.C.A.V., S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 153, páginas 28128 a 28130 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2010-26548

TEXTO

Convocatoria de Junta General Extraordinaria de Accionistas El Consejo de administración ha acordado convocar la Junta General Extraordinaria de accionistas de la sociedad, que se celebrará en el domicilio social sito en Madrid, paseo de la Castellana, número 89, el día 13 de septiembre de 2010, a las diez horas, en primera convocatoria, y en su caso, al día siguiente, a la misma hora y en el mismo lugar, en segunda convocatoria, con arreglo al siguiente

Orden del día

Primero.- Aprobación de la fusión por absorción de Bellagio Investments, S.I.C.A.V., S.A., como sociedad absorbida, por Mixto Europa 15, S.I.C.A.V., S.A., como sociedad absorbente, de conformidad con el Proyecto de Fusión aprobado el 26 de abril de 2010 por los Consejos de Administración de ambas sociedades participantes en la fusión, adquiriendo Mixto Europa 15, S.I.C.A.V., S.A., en bloque a título universal el patrimonio de la sociedad absorbida, con la consiguiente extinción de esta última, y por lo tanto: i) Aprobación del Balance de Fusión de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2009. ii) Determinación de la ecuación de canje y la fecha en que las acciones de la sociedad absorbente dadas en canje tendrán derecho a participar en las ganancias sociales. iii) Fijación de la fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad que se extingue se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente. iv) Opción por el régimen fiscal especial de fusiones establecido en los artículos 83 y siguientes de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Segundo.- Delegación de facultades.

Tercero.- Redacción, lectura y aprobación del Acta de la sesión.

Derecho de Información Se hace constar el derecho que corresponde a todos los accionistas (no existen obligacionistas ni titulares de derechos especiales distintos de las acciones) de examinar en el domicilio social o de pedir la entrega o envío gratuito de todos los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta: a) Proyecto común de fusión; b) Informe del experto independiente sobre el Proyecto de Fusión; c) Informe de los administradores de las sociedades afectadas por el Proyecto de Fusión; d) cuentas anuales e informe de gestión de los tres últimos ejercicios de las sociedades que participan en la fusión, con el correspondiente Informe de los Auditores de Cuenta; e) Balance de fusión de cada una de las sociedades participantes en la fusión cerrado a 31 de diciembre de 2009, acompañado del informe sobre su verificación emitido por los auditores de cuentas; f) Estatutos Sociales vigentes de las sociedades que participan en la fusión; g) El texto integro de los estatutos de la sociedad absorbente; h) Identidad de los administradores de las sociedades que participan en la fusión y fecha desde la que desempeñan sus cargos. Menciones relativas al Proyecto de Fusión De conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 3/2009, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se trascribe el contenido de las menciones legalmente exigidas del proyecto de fusión: A) Sociedad Absorbente: Mixto Europa 15, S.I.C.A.V., S.A., con domicilio social en Madrid, Paseo de la Castellana número 89, Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 24022, folio 041 hoja M-00431465, Inscripción 2.ª B) Sociedad Absorbida: Bellagio Investments, S.I.C.A.V., S.A., con domicilio social en Madrid, calle Padilla número 17. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 16807, folio 62 hoja M-287172, inscripción 1.ª C) Tipo de canje: El tipo de canje de las acciones será el que resulte del valor liquidativo de los patrimonios de ambas sociedades, calculado, de acuerdo con la normativa específica vigente, el día anterior al fijado para la celebración en primera convocatoria de las Juntas Generales de accionistas de ambas sociedades que han de resolver sobre la fusión, quedando convenido a tal efecto que las Juntas de ambas sociedades serán convocadas para la misma fecha. En consecuencia, el cociente (el "Cociente") resultado de dividir el valor liquidativo de la sociedad absorbida entre el valor liquidativo de la sociedad absorbente en la fecha que acaba de indicarse, determinará la proporción de canje entre las acciones de ambas sociedades. Para la fijación de la ecuación de canje se tomará el menor número entero posible de acciones de la sociedad absorbida que, dividido por el cociente, dé un número entero de acciones de la sociedad absorbente. D) Procedimiento de canje: Los accionistas que no posean las fracciones necesarias de acciones para obtener un número entero de acciones de la sociedad absorbente o para completar la ecuación de canje, podrán agruparse con otros accionistas o transmitir sus acciones a otros accionistas o a terceros. Las acciones de la sociedad absorbida que no pudieran ser canjeadas por no alcanzar un número entero de acciones de la sociedad absorbente de acuerdo con la ecuación de canje, se pagarán por la absorbente, al valor liquidativo de la absorbida, a cuyo efecto se tomaría el fijado para determinar la ecuación de canje. El canje se llevará a cabo, en principio con acciones que Mixto Europa 15, S.I.C.A.V., S.A., pudiera tener en autocartera. En lo que no fuera suficiente, se realizará con cargo a capital no emitido y, si ello tampoco resultara suficiente, esta sociedad acordará una ampliación de capital en la cuantía necesaria para atender el canje y se fijarán en su caso, unas nuevas cifras de capital social inicial y estatutario máximo. Mixto Europa 15, S.I.C.A.V., S.A. dotará una "prima de emisión" en la parte que, en su caso, la valoración de patrimonios traspasados de la sociedad absorbida exceda del nominal de las acciones entregas en el canje. El canje de las acciones se efectuará mediante la presentación de las referencias técnicas en el lugar y en el plazo que se fije en la correspondiente publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en uno de los diarios de mayor circulación en Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los titulares de las acciones de la sociedad absorbida deberán acreditar su condición de tales mediante las correspondientes referencias técnicas de dicha titularidad. No siendo Mixto Europa 15, S.I.C.A.V., S.A., titular de acción alguna de la sociedad absorbida, el canje anteriormente descrito afectará a la totalidad de las acciones en circulación de la sociedad absorbida. E) Participación en las ganancias sociales: Las acciones de Mixto Europa 15, S.I.C.A.V., S.A., entregadas a los accionistas de la sociedad absorbida como resultado del Canje darán derecho a participar en las ganancias de la referida sociedad desde la fecha de otorgamiento de la escritura pública de fusión por absorción. F) Fecha a efectos contables: la fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad que se extingue se considerarán realizadas, a efectos contables, por la absorbente será la del día otorgamiento de la escritura pública de fusión por absorción. G) Derechos que se otorgarán en la sociedad absorbente. No se otorgarán en Mixto Europa 15, S.I.C.A.V., S.A., derechos para ningún tipo de acciones, no existen titulares de derechos especiales ni existen derechos especiales para ningún titular o tipo de acciones de las sociedades que se fusionan. H) Ventajas atribuidas a los Administradores y Expertos independientes. No se atribuyen en Mixto Europa 15, S.I.C.A.V., S.A., ningún tipo de ventajas a favor de los administradores de las sociedades fusionadas ni a favor de los expertos independientes que hayan intervenido en el proceso de fusión. I) Beneficios fiscales. A la presente fusión por absorción le será de aplicación el régimen tributario especial establecido en los artículos 83 y siguientes de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo). Derecho de Asistencia y Representación El derecho de asistencia a la Junta y la representación se ajustarán a lo dispuesto en los Estatutos Sociales y en la legislación vigente.

Madrid, 4 de agosto de 2010.- El Secretario del Consejo de Administración, M.ª Isabel Vila Abellán-García.

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