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Documento BORME-C-2010-26511

FOMENTO DEL TENIS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 152, páginas 28090 a 28090 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2010-26511

TEXTO

Por acuerdo de la Junta General de Accionistas de esta compañía celebrada el día 27 de mayo de 2010, se pone en conocimiento de todos los accionistas que dicha Junta acordó aumentar el capital social en la suma de 60.100 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 1.000 nuevas acciones nominativas (n.º 2.751 al 3.750, ambos incluidos), de valor nominal 60’10 euros cada una de ellas, con los mismos derechos que las acciones anteriormente emitidas y deberán ser desembolsadas íntegramente en el momento de la suscripción.

Dichas acciones constituirán la Clase B y su transmisibilidad quedará sujeta a un régimen de preferencia para los restantes accionistas.

El indicado aumento de capital se llevará a cabo con arreglo a las siguientes condiciones:

I. Los accionistas podrán ejercitar su derecho preferente a suscribir las acciones procedentes de la ampliación de forma proporcional al valor nominal de las acciones que posean pudiendo, en su caso, transmitir el derecho de suscripción preferente que les asiste. A este efecto, corresponderá 1 acción nueva por cada 2’75 acciones antiguas.

Las personas interesadas en ejercitar, total o parcialmente, su derecho de suscripción preferente, deberán dirigirse por escrito al Consejo de Administración manifestando su voluntad de ejercitar tal derecho, con indicación del número de acciones que se pretenden suscribir y deberán ingresar su contravalor mediante la correspondiente aportación dineraria.

II. El plazo para ejercitar el derecho de suscripción preferente es de un mes a contar desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción en el Borme.

III. Agotado el plazo de un mes, el Consejo de Administración queda facultado expresamente para proceder a las adjudicaciones de las acciones suscritas por los accionistas, incluyendo los excedentes de proporcionalidad y las no suscritas que podrá adjudicar a los accionistas que así lo hayan solicitado, y para dar nueva redacción al artículo 5º de los Estatutos Sociales, fijando en su caso ante una falta de suscripción total, el aumento de capital en la cifra realmente suscrita y desembolsada por los accionistas.

Lo que se pone en conocimiento de los accionistas a los efectos del artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Sabadell, 5 de julio de 2010.- El Presidente del Consejo de Administración, Manel Giménez Marqués.

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