Anuncio de segregación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión del artículo 73 de la misma, se hace público que el 22 de julio de 2010, los socios de "Tasmar Logística, S.A." (sociedad segregada) y el socio único de "Grupajes del Mar Ibérica, S.L., Sociedad Unipersonal" (sociedad beneficiaria), acordaron respectivamente la segregación de la rama de actividad de "Tasmar Logística, S.A." dedicada al transporte de mercancías a las Islas Canarias a favor de la sociedad beneficiaria "Grupajes del Mar Ibérica, S.L., Sociedad Unipersonal", adquiriendo ésta última, en consecuencia, la referida unidad económica autónoma de la sociedad segregada.
Se hace constar de forma expresa el derecho de los socios y acreedores de cada una de las sociedades intervinientes, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de segregación, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión del artículo 73 de la misma.
Barcelona, 23 de julio de 2010.- El Administrador único, por "Tasmar Logística, S.A". (sociedad segregada).-Por "Grupajes del Mar Ibérica, S.L., Sociedad Unipersonal" (sociedad beneficiaria), Mateo Segui Soloaga.
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