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De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General Universal Ordinaria y Extraordinaria de Stock Uno Grupo de Servicios, Sociedad Limitada, celebrada el día 8 de junio de 2010, en el Municipio de Rivas Vaciamadrid (Madrid), calle Mariano Benlliure, número 1, Polígono Industrial Santa Ana, Parque logístico Wereldhave, adoptó el acuerdo de fusión por absorción de "Diana Redes Comerciales, Sociedad Anónima", y "Stock Uno Grupo de Servicios, Sociedad Limitada", con disolución sin liquidación de la primera sociedad y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos a la segunda entidad, sucediendo ésta a titulo universal en todos sus derechos y obligaciones a la sociedad absorbida.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar que los accionistas y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión tienen el derecho de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los Balances de Fusión. Asimismo, los acreedores de las Sociedades participantes en la fusión podrán oponerse al acuerdo de fusión, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley.
Madrid, 9 de julio de 2010.- Don Andrés Gil Casares Gasset, Secretario de la Mercantil Stock Uno Grupo de Servicios, Sociedad Limitada.
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