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Modificación de objeto social
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 150 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que la Junta General Ordinaria de Accionistas de S.A. de Distribución, Edición y Librerías, debidamente convocada mediante anuncios publicados en fecha 20 de mayo de 2010 en el Boletín Oficial de Registro Mercantil y en el periódico ABC y celebrada el día 25 de junio de 2010, acordó la modificación del artículo 4º de los Estatutos Sociales, relativo al objeto social, que en adelante tendrá la siguiente redacción:
"Artículo 4.º Objeto: La sociedad tiene por objeto la formación integral de la persona a través de la prestación de bienes y servicios en el campo de la difusión de la cultura, la formación y la educación, mediante el ejercicio de actividades de selección, valoración y asesoramiento de obras con contenido formativo y cultural, tanto libros y revistas como en soportes digitales u otros; diseño, organización y desarrollo de cursos y actividades formativas y culturales; el ejercicio de toda clase de industria y comercio relacionado con el ramo de librería, papelería, material de oficina, informática, editorial, instrumentos musicales y aparatos de reproducción, así como la distribución y venta, edición, producción o fabricación de los mismos -libros, revistas, guías, obras, catálogos, y otros productos-, en cualquier soporte; salas de arte; culturales; exposiciones; todo ello directamente o en comisión, al por mayor o al detalle, incluso la importación y exportación.
Las actividades que se desarrollarán por la sociedad en el campo de la difusión de la cultura serán siempre presididas por el respeto de la dignidad de la persona desde la perspectiva de un humanismo cristiano.
Las actividades integrantes del objeto social podrán ser desarrolladas por la sociedad total o parcialmente de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto idéntico o análogo.
Asimismo, en el supuesto de que se considere que el objeto social comprende actividades que entran dentro del ámbito de las sociedades profesionales, se entenderá que la sociedad es de mera intermediación entre el cliente, con quien mantienen la titularidad de la relación jurídica, y el profesional persona física que, vinculado a la sociedad por cualquier título (socio, asalariado, etc.) desarrolla efectivamente la actividad profesional."
Madrid, 14 de julio de 2010.- El Presidente del Consejo de Administración de S.A. de Distribución, Edición y Librerías, José Ramón Rodríguez García.
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