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Documento BORME-C-2010-24323

KABUKI EN CASA, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 137, páginas 25816 a 25816 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2010-24323

TEXTO

Ampliación de capital

En Madrid, Paseo del Pintor Rosales número 32, primero izquierda, siendo las 12.30 horas del día 6 de Julio de 2010, se celebró, previa convocatoria en el BORME de 15 de junio DE 2010 y en el Diario Expansión de 16 de Junio de 2010, Junta General Extraordinaria de socios de la sociedad Kabuki en Casa, S.L. y por unanimidad se acordó la ampliación de capital en la suma de hasta 200.000 € y consiguiente modificación de estatutos. Mediante la emisión y puesta en circulación de 4000 participaciones de 50 euros de valor nominal cada una.

Las participaciones emitidas habrán de ser suscritas por los señores socios en proporción a su participación en el capital social de la sociedad, en el plazo máximo de un mes desde la adopción del acuerdo o, en su caso, desde la publicación del acuerdo en el BORME, en los términos legalmente previstos. El ingreso de la cantidad que corresponda a cada socio se realizará en la cuenta abierta a nombre de la sociedad en el Banco Santander, Cuenta número 0049-6702-60-2516161301.

Las participantes no suscritas en el plazo expresado por uno o más socios podrán ser ofrecidas por el órgano de administración a los demás socios que hayan suscrito la ampliación para que formalicen la suscripción y desembolso en el plazo de los siete días naturales siguientes.

Transcurridos los plazos anteriormente mencionados, se dará por concluido el proceso de ampliación de capital.

En el supuesto de suscripción incompleta del aumento de capital, el capital quedará aumentado en la cuantía desembolsada dentro de los mencionados plazos.

No se prevé el ofrecimiento a terceros de las participaciones no suscritas por las razones expresadas.

En su consecuencia, se propone dar nueva redacción al artículo 5º de los estatutos sociales, cuyo texto definitivo será dado por el administrador Solidario que certifique los acuerdos, en virtud del importe definitivo del capital efectivamente suscrito.

"Artículo 5.º: El capital social de la sociedad, totalmente desembolsado, es de 397.650 € (trescientos noventa y siete mil seiscientos cincuenta euros). Está representado por 7.953 participaciones sociales iguales, indivisibles, totalmente desembolsadas, de 50 euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente del número 1 al 7.953, ambos inclusive. "

Madrid, 7 de julio de 2010.- El Administrador solidario, José Antonio Aparicio Puig.

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