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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43º de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar que por Juntas Generales y Universales celebradas el 15 de marzo de 2010, se aprobó respectivamente y por unanimidad de los socios de dichas sociedades, la fusión por absorción de las sociedades "Imagina Management, Sociedad Limitada" y "MGN Imagina, Sociedad Limitada Unipersonal", por la sociedad unipersonal "Begonia Properties, Sociedad Limitada Unipersonal".
En la medida en que las sociedades participantes en la fusión son sociedades de responsabilidad limitada y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado en las distintas Juntas de socios con la asistencia o representación de la totalidad de los socios y por unanimidad de los mismos, no le son aplicables las normas generales que sobre el proyecto y balance de fusión se establecen en las Secciones segunda y tercera del capítulo I de la mencionada Ley 3/2009, de 3 de abril, todo ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 42 de la misma.
Se hace constar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la mencionada Ley, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las distintas sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión en los términos del artículo 44º de la citada Ley, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de este acuerdo de fusión.
Madrid, 17 de junio de 2010.- Don José Luis Ripoll Conesa, Administrador único de las sociedades "Begonia Properties, Sociedad Limitada Unipersonal", "Imagina Management, Sociedad Limitada", "MGN Imagina, Sociedad Limitada Unipersonal".
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