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Documento BORME-C-2010-22510

HORMIGONES BLANCA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 123, páginas 23926 a 23926 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2010-22510

TEXTO

La Junta General Ordinaria de accionistas celebrada el día 28 de junio de 2010, válidamente constituida, adoptó por unanimidad de los accionistas presentes y representados, el siguiente acuerdo:

Reducción y aumento simultaneo del Capital Social.

A) Aprobar una reducción del capital social en la suma de setecientos cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta y un euros con veintiún céntimos de euro (756.841,21 euros), es decir, por debajo del mínimo legal, con la única finalidad de restablecer el equilibrio patrimonial, disminuido por consecuencia de pérdidas, tomando como base de la operación el balance cerrado al 31 de diciembre de 2009 y aprobado por el acuerdo anterior. La reducción se hace conforme a las siguientes reglas:

Esta reducción se realiza mediante la reducción del valor nominal de cada una de las acciones en 756,84121 euros por lo que las mil acciones que conforman el capital social pasarán a tener un valor nominal de 3,26 euros, cada una.

Se hace constar que no se abonará cantidad alguna a ningún accionista como consecuencia de la reducción, ya que su finalidad es restablecer el equilibrio patrimonial, disminuido como consecuencia de las pérdidas.

B) Simultáneamente, aumentar el capital social de la compañía en la suma de 58.740,00 euros, mediante elevación del valor nominal de cada una de las acciones en 58,74 euros, por lo que las acciones, a partir de este momento, tendrán valor nominal de 62 euros, que se desembolsará mediante compensación de créditos que ostentan los accionistas frente a la sociedad, para lo cual se ha aportado el informe de auditoría en cumplimiento de lo señalado por el artículo 156 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

La reducción y aumento se acuerdan y ejecutan con carácter simultáneo ya que, de acuerdo con el artículo 167 de la Ley de Sociedades Anónimas, al tratarse de una reducción de capital con la finalidad de restablecer el equilibrio patrimonial, se excluye el derecho de oposición de acreedores.

Se modifica, en consecuencia, el art. 5 de los Estatutos Sociales. Capital Social que queda redactado de la siguiente manera: "Art.5. Capital Social.-El capital social se fija en sesenta y dos mil euros, dividido en mil acciones de sesenta y dos euros (62,00) de valor nominal cada una de ellas, y numeradas correlativamente del 1 al 1.000, ambos inclusive. El capital social se halla totalmente suscrito y desembolsado."

Madrid, 28 de junio de 2010.- Los Administradores Solidarios, D. José Blanca Álvarez y D. Pedro Blanca Álvarez.

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