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Documento BORME-C-2010-22308

DÚPLEX ELEVACIÓN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ASCENSORES ITÁLICA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 122, páginas 23722 a 23722 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-22308

TEXTO

Anuncio de fusión.

Se hace público que las respectivas Juntas Generales (y/o acuerdo del socio único) de las Sociedades referenciadas, celebradas con carácter universal el día 20 de mayo de 2010, acordaron por unanimidad la Fusión de esta Sociedades, mediante la absorción por "Duplex Elevación, S.L.U" de "Ascensores Itálica, S.L.U.", produciéndose la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y, el traspaso en bloque a favor de la sociedad absorbente, a título de sucesión universal, de todos los elementos patrimoniales integrantes del activo y del pasivo de la sociedad absorbida, quedando la sociedad absorbente plenamente subrogada en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

Los acuerdos de fusión han sido adoptados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009, de Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, siendo así que la sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales de las entidades absorbidas, y, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Asimismo, las Juntas Generales aprobaron los correspondientes balances de fusión, adoptándose como tales los cerrados el día 31 de diciembre de 2.009, considerándose realizadas, a efectos contables, las operaciones de la sociedad absorbida por cuenta de la sociedad absorbente, el mismo día 1 de enero de 2010, de acuerdo con lo dispuesto en el vigente Plan General de Contabilidad y, a la interpretación del mismo efectuada por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Se hace constar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo se hace constar, en cumplimiento del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas y a lo dispuesto en la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la misma.

Sevilla y Madrid, 14 de junio de 2010.- El Administrador único y el Presidente del Consejo de Administración, respectivamente, de las Sociedades "Ascensores Itálica, S.L.U" y "Dúplex Elevación, S.L.U.", don Fernando Tobar Martínez.

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