Está Vd. en

Documento BORME-C-2010-21000

GRÚAS J. MARÍN, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
ATANA ALQUILERES, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 114, páginas 22374 a 22374 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-21000

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, se hace público que la Junta General de Socios de Grúas J. Marín, S.L., celebrada el día 7 de junio de 2010, aprobó por unanimidad el Balance de Escisión y el Proyecto de Escisión redactado y suscrito por el Administrador unico de dicha Sociedad, con fecha 31 de marzo de 2.010 y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona con fecha 4 de mayo de 2010 y, en consecuencia, la escisión parcial de "Grúas J. Marín, S.L." que, sin extinción, traspasará en bloque una parte de su patrimonio a una Sociedad Limitada de nueva creación cuya denominación social será "Atana Alquileres, S.L.".

El tipo de canje y el procedimiento para el mismo se encuentra expresamente regulado en el citado Proyecto de Escisión, al que se ha ajustado literalmente el acuerdo de escisión.

Como consecuencia de la escisión, el capital social de la sociedad escindida ha quedado reducido en la cantidad de 90.700 euros, mediante la amortización de 907 participaciones sociales, aprobándose una nueva numeración y distribución de las participaciones sociales, modificándose en consecuencia la redacción del artículo 7 de los estatutos, que en lo sucesivo tendrá la siguiente redacción:

"Artículo 7. El capital social es de ciento ochenta y un mil cuatrocientos euros (181.400 euros). Dicho capital está dividido en mil ochocientas catorce participaciones sociales, números 1 a 1814, ambos inclusive, de cien euros de valor nominal cada una, iguales, acumulables e indivisibles, que no podrán incorporarse a títulos negociables ni denominarse acciones. El Capital social está íntegramente suscrito y desembolsado".-

Simultáneamente, las Reservas Voluntarias se reducen en la suma de 546.949,57 euros.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace constar de modo expreso el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la escisión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de Escisión.

De igual manera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, se hace constar de modo expreso el derecho de oposición que durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de escisión, asiste a los acreedores y obligacionistas de las sociedades que participan en la escisión, en los términos que resultan del citado precepto.

Sant Quirze del Vallés ( Barcelona ), 7 de junio de 2010.- El Administrador Único de Grúas J. Marín, S.L., don José María Marín Ortega.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid