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Documento BORME-C-2010-1965

HERAS CANALES, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 21, páginas 2049 a 2050 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2010-1965

TEXTO

El Administrador único de Heras Canales, S.L., ha acordado por sí mismo y por solicitud de diferentes socios, convocar Junta General Extraordinaria de Accionistas, que habrá de celebrarse en c/ Prado, 12 de la localidad de Talavera de La Reina, en primera convocatoria el día 24 de febrero de 2010, a las 17:30 horas, para deliberar y resolver sobre el siguiente

Orden del día

Primero.- Designación de Administradores y Administradores suplentes y, en su caso, modificación de los artículos 19 de los Estatutos Sociales en adecuación a los órganos de administración a los acuerdos adoptados.

Segundo.- En su caso acuerdos de modificación de la remuneración de los Administradores, modificación de la gratuidad del cargo, acuerdo sobre al modo y cuantía de la retribución de los mismos y modificación en su caso de los Estatutos Sociales y adecuación en aquel fin. A solicitud de diferentes socios, al amparo del artículo 45.3 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se incluyen los siguientes cuatro asuntos, objeto de la anterior solicitud:

Tercero.- Examen y valoración de las operaciones efectuadas por el Administrador Único con personas físicas y/o jurídicas vinculadas y/o relacionadas, correspondientes a los ejercicios 2006, 2007 y 2008.

Cuarto.- Examen y valoración de las operaciones de préstamo que se afirman efectuadas por el Administrador a favor de la Sociedad durante los ejercicios 2006, 2007 y 2008; detalle de las operaciones; documentación de las mismas; acreditación, en su caso, de las autorizaciones concedidas para la suscripción de dichas operaciones.

Quinto.- Propuesta de ejercicio de la acción social de responsabilidad contra el Administrador Único de "Heras Canales, S.L.", don Alejandro Vázquez Sánchez, al amparo de lo previsto en el artículo 134.1 de la LSA.

Sexto.- Propuesta de adopción de acuerdo de separación del Administrador Único, don Alejandro Vázquez Sánchez, en virtud de lo dispuesto en los artículos 68 y concordantes LSRL y 132.2 de la LSA.

Derecho de información: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 y 86.1 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y demás normativa aplicable, se hace constar que a partir de la presente convocatoria, cualquier socio tiene derecho a examinar en el domicilio social de la compañía, y a obtener de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta. Se hace constar el derecho que corresponde a todos los socios a examinar en el domicilio social el texto íntegro de las modificaciones estatutarias propuestas, y el informe sobre las mismas, así como solicitar su entrega o envío gratuito. El examen de la información señalada, podrá realizarse en el horario de 9 a 14 horas y de 16 a 19 horas, de lunes a viernes, en el domicilio social. Se hace constar también que, hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta, los accionistas podrán solicitar del administrador, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen pertinentes, estando obligados los administradores a facilitar la información por escrito hasta el día de la celebración de la Junta General. Derecho de asistencia: Podrán asistir a la Junta General todos socios titulares de, al menos, una participación, de conformidad con el artículo 49.1 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada. Derecho de representación y voto: Los socios que no asistan a esta Junta General de Accionistas podrán hacerse representar por medio de otra persona, cumpliendo los requisitos y formalidades exigidos por el apartado segundo y tercero del artículo 49 de la Ley 2/1995. El derecho de voto que corresponde a los socios, se ejercitará conforme a lo preceptuado en el artículo 53.4 del mismo cuerpo legal.

Talavera de la Reina, 21 de enero de 2010.- Administrador único.

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