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Documento BORME-C-2010-18959

SISTEMAS GENÓMICOS, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 101, páginas 20228 a 20228 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2010-18959

TEXTO

De conformidad con lo acordado por la Junta General Extraordinaria de socios celebrada por la sociedad el día 8 de mayo de 2010 donde se adoptaron los acuerdos de reducir a cero (0 €) el capital social y simultáneamente ampliar el mismo hasta la cantidad de seis millones ciento cincuenta y dos mil euros (6.152.000 €), dividido en 6.152.000 nuevas participaciones sociales, de un euro (1 €) de valor nominal cada una de ellas, se hace ofrecimiento a los socios de la entidad para su asunción de las nuevas participaciones sociales representativas del capital social aumentado y, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 2/1995 de Sociedades de Responsabilidad Limitada, reconocimiento del derecho de los socios a suscribir un número de participaciones proporcional al valor nominal de las participaciones que poseyeran con anterioridad al acuerdo de ampliación, el cual deberá ser ejercitado dentro del plazo de un mes a partir de la publicación de el BORME de esta oferta de asunción de las nuevas participaciones.

Este derecho se ejercitará mediante solicitud escrita dirigida al Organo de Administración de la Sociedad, debiendo al propio tiempo, llevar a cabo el desembolso de la totalidad del valor nominal de cada una de las participaciones que se suscriben mediante su ingreso en la cuenta corriente número 2077-0014-34-3101838054, de la que la sociedad es titular en la entidad Bancaja, Urbana 14, sita en la calle Colón, número 9, de Valencia.

Transcurrido dicho plazo sin haber sido suscritas la totalidad de las participaciones de nueva creación, se entenderá que los socios que no hayan ejercitado el derecho de suscripción preferente renuncian al mismo pudiendo nuevamente ser ofertadas las participaciones no suscritas a aquellos socios que sí lo hubieran ejercitado. En este caso el Órgano de Administración, comunicará a éstos, que disponen de un nuevo plazo de quince días contados a partir de la finalización del plazo señalado para la asunción preferente, para formular sus solicitudes de suscripción, asunción de participaciones sociales y desembolso de su valor en la forma prevista y descrita con anterioridad.

En el caso de ser varios socios los interesados, se distribuirán a prorrata entre ellos dichas participaciones.

Para el caso de que los socios no asuman total o parcialmente la totalidad de las participaciones en virtud de los sucesivos ofrecimientos tal y como ha quedado establecido con anterioridad, el Organo de Administración de la sociedad podrá, en el plazo de los quince días siguientes a la finalización del plazo anterior, adjudicar las participaciones no asumidas a las personas que no tengan la condición de socios de la entidad.

De conformidad con lo que prevé el artículo 77 de la Ley 2/1995 de Sociedades de Responsabilidad Limitada se propone que para el caso de que quedaran participaciones sin suscribir y desembolsar, el capital social se aumentará en la cuantía de las suscripciones y desembolsos efectivamente realizados.

Valencia, 18 de mayo de 2010.- La Administradora Única, Lorena Saus Cano.

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