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Documento BORME-C-2010-18828

HERALDO DE ARAGÓN, S.A.,
DIARIO DE NAVARRA, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDADES SEGREGADAS)
IBERCENTRO MEDIA CONSULTING & SERVICES, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 101, páginas 20096 a 20096 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-18828

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión del artículo 73.1 del mismo texto legal, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de Accionistas de Heraldo de Aragón, S.A. y el Accionista único de Diario de Navarra, S.A., Sociedad unipersonal, acordó por unanimidad y decidió, respectivamente, en fecha 25 de mayo de 2010, llevar a cabo la segregación de sus respectivas unidades económicas consistentes en el negocio de adquisición y tenencia de sistemas informáticos, en el sentido más amplio del término, así como de prestación de servicios informáticos de todo tipo, mediante su traspaso en bloque, por sucesión universal, a la sociedad de nueva creación Ibercentro Media Consulting & Services, S.L. (Sociedad beneficiaria), que sucederá a las sociedades segregadas en todos los derechos y obligaciones que integran las unidades económicas objeto de segregación a partir de la fecha de otorgamiento de la correspondiente escritura pública. Como consecuencia de las segregaciones acordadas y determinada aportación dineraria, Heraldo de Aragón, S.A. y Diario de Navarra, S.A., Sociedad unipersonal, asumirán, por partes iguales, la totalidad de las participaciones sociales de Ibercentro Media Consulting & Services, S.L.

Asimismo, se informa del derecho que asiste a los accionistas de las sociedades intervinientes en la segregación, así como a los acreedores de las mismas, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de segregación. De igual manera, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de ambas sociedades de oponerse a las operaciones de segregación durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último de los anuncios de segregación, todo ello en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Zaragoza, 26 de mayo de 2010.- Pilar de Yarza Mompeón, Presidenta del Consejo de Administración de Heraldo de Aragón, S.A., y en Pamplona, Eugenio Juan Arraiza Salgado, Secretario del Consejo de Administración de Diario de Navarra, S.A., Sociedad unipersonal.

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