En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que el 1 de marzo de 2010, las correspondientes Juntas generales universales de socios de las dos sociedades, acordaron, por unanimidad, la fusión por absorción de Inmobiliaria Deusotarrak, S.L. (sociedad absorbida), por Flyer, S.L. (sociedad absorbente), con disolución y sin liquidación de la sociedad absorbida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 LME.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, en su caso, y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 LME.
Mungia, 10 de marzo de 2010.- El Administrador Único de las Sociedades Flyer, S.L., e Inmobiliaria Deustoarrak, S.L., Ramón Arambarri Roldán.
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