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Acuerdo fusión.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles se hace público para general conocimiento que la Junta Extraordinaria y Universal de la Sociedad «Gómez Bodaño, S.A.", de fecha 15 de diciembre de 2009, aprobó la fusión por absorción de las Sociedades «Ituero Martín, Sociedad Limitada Unipersonal», «Promociones Josema, Sociedad Limitada Unipersonal», y «Construcciones Bodaño, Sociedad Limitada Unipersonal» (Sociedades absorbidas), por parte de la mercantil «Gomez Bodaño, Sociedad Anónima» (Sociedad absorbente), sin necesidad de aprobación por las Juntas generales de las sociedades absorbidas, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 49 del mismo texto legal, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas transmitiendo todo su patrimonio a la sociedad absorbente, en los términos del proyecto de fusión conjunto para ellas, redactado y suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en fecha 14 de diciembre de 2009. Según prevé el artículo 43 de la Ley antes citada, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las Sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de la fusión. De acuerdo con lo establecido por el artículo 44 del mismo texto legal, los acreedores de cada una de las Sociedades que se fusionan, podrán oponerse a la misma.
Pontevedra, 15 de enero de 2010.- El Administrador único de las entidades Gómez Bodaño, S.A., Ituero Martín, S.L.U., Promociones Josema, S.L.U., y Construcciones Bodaño, S.L.U., Don Manuel Gómez García.
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