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Documento BORME-C-2009-985

AVANZIT, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 16, páginas 1035 a 1038 (4 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2009-985

TEXTO

Avanzit, S.A., en adelante la “Sociedad”, hace pública, mediante el presente anuncio y conforme a lo exigido por el artículo 286 de la Ley de Sociedades Anónimas, la emisión de obligaciones convertibles en acciones por importe nominal de 7.000.000 de euros que corresponden a un total de 8.750.000 obligaciones de 0,80 euros de valor nominal cada una, que estarán representadas mediante anotaciones en cuenta, y bajo la denominación Avánzit, S.A. Emisión 2008 de Obligaciones Convertibles en Acciones” (en adelante, las “Obligaciones”). La presente emisión de obligaciones de realiza por acuerdos del Consejo de Administración de la Sociedad en sus reuniones de fecha 21 de noviembre de 2008 y 23 de enero de 2009, en ejecución al acuerdo de emisión de obligaciones convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente acordado en la Junta celebrada el 30 de junio de 2008 bajo el decimotercer punto del Orden del Día.

Las características de la emisión de obligaciones convertibles que ha sido puesta a disposición de un único suscriptor de las Obligaciones (la “Escritura de Emisión”) son las siguientes:

Primero.- Emisor y capital: Avanzit, S.A., es una Sociedad Anónima con un capital social de 112.401.629 euros, íntegramente suscrito y desembolsado, representado por 224.803.258 acciones de 0,50 euros de valor nominal cada una de ellas de la misma clase y serie.

El objeto social de la Sociedad es la ejecución y mantenimiento de sistemas, equipos y componentes de telecomunicación para emisión, transmisión y recepción de cualquier clase de información entre personas, la ejecución y mantenimiento de instalaciones eléctricas, en general, en alta, baja y media tensión, instalaciones electrónicas, instalaciones de electrificación, construcción completa, reparación y conservación de obras civiles, obras hidráulicas, edificaciones, saneamientos, pavimentos, contratación de obras y servicios con el Estado, Provincias, Municipios y cualesquiera Entidades de la Administración Institucional, redacción y confección de proyectos técnicos, dirección de obra, control de calidad, realización de estudios e informes y asesoramiento técnico y participación en empresas que tengan actividades similares o análogas a las designadas anteriormente.

El domicilio de la Sociedad se encuentra en Madrid, calle Torrelaguna 79, 28043.

Segundo.- Importe de la emisión. El importe de la emisión asciende a siete millones de euros (7.000.00€).

Tercero.- Tipo de emisión, valor nominal y representación. El tipo de emisión de las Obligaciones es a la par, esto es, al cien por cien de su valor nominal. El nominal de las Obligaciones es de ochenta céntimos de euro (0,80 €).

En consecuencia, el número de Obligaciones emitidas es de ocho millones setecientas cincuenta mil (8.750.000), pertenecientes todas a una única serie, teniendo todas ellas los mismos términos y condiciones y atribuyendo, por tanto, idénticos derechos a sus titulares. Las Obligaciones estarán representadas por medio de anotaciones en cuenta y se inscribirán en los correspondientes registros contables a cargo de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima Unipersonal (en adelante, «Iberclear») y de sus entidades participantes autorizadas (en adelante, las «Entidades Participantes»).

Cuarto.- Contravalor. El contravalor de la emisión de Obligaciones consiste en la aportación dineraria por TSS Luxembourg I, S.a.r.l, del importe total de siete millones de Euros (7.000.000 €).

Quinto.- Características de la emisión de Obligaciones:

1.- Representación:

Las Obligaciones se hallan representadas por anotaciones en cuenta.

2.- Plazo de suscripción de las Obligaciones:

Durante el plazo de cinco (5) días hábiles a contar desde el día hábil siguiente a la fecha del anuncio de la emisión.

3.- Tipo de Interés:

Las Obligaciones no devengarán intereses.

4.- Condiciones de amortización de las Obligaciones:

a) El precio de reembolso de las Obligaciones es a la par, libre de gastos para el suscriptor.

b) La amortización, total o parcial, de las Obligaciones podrá solicitarse por el titular de las Obligaciones en cualquier momento desde el día siguiente a su inscripción en el Registro Mercantil.

La solicitud de conversión podrá ser parcial o total de manera que el titular de las Obligaciones podrá amortizar parcialmente las Obligaciones, en una o varias veces, o convertir parcialmente las obligaciones en acciones de Avanzit, S.A., en una o varias veces.

La solicitud de amortización de las Obligaciones será atendida por la Sociedad en el plazo máximo de quince (15) días naturales siguientes a la recepción por la Sociedad de la solicitud de conversión.

Transcurrido (1) año desde la fecha de su inscripción en el Registro Mercantil sin que se haya producido la conversión, total o parcial, en acciones, Avánzit S.A. deberá reembolsar el importe de las Obligaciones no amortizadas o convertidas.

5.- Garantías de la emisión:

No se establecen garantías de la emisión.

6.- Bases y modalidades de conversión:

(i) El titular de las Obligaciones tendrá el derecho a convertir de forma parcial o total las Obligaciones en acciones de Avánzit, S.A. a partir de los quince (15) días naturales de su emisión y en cualquier momento durante la totalidad del período de vigencia de las Obligaciones.

La solicitud de conversión, parcial o total, de las Obligaciones será atendida por la Sociedad en los quince (15) días naturales siguientes a la recepción por la Sociedad de la solicitud de conversión. El período de conversión máximo será de un (1) año desde la fecha de suscripción de las obligaciones convertibles mediante la correspondiente Acta de Suscripción.

(ii) Independientemente del momento en que se ejercite la conversión de las Obligaciones, sea antes o después de la ampliación de capital sin exclusión del derecho de suscripción preferente acordada en reunión de Consejo de 21 de noviembre de 2008, cada una de ellas dará derecho a una (1) acción ordinaria de Avánzit S.A. (“Relación de Conversión”), con todos los derechos económicos y políticos que las que se hallen en circulación en el momento de la conversión. Avánzit S.A. procederá al consecuente aumento de su capital social en el momento de dicha conversión.

(iii) En virtud de lo dispuesto en el artículo 159.4 de la Ley de Sociedades Anónimas, no habrá lugar al derecho de suscripción preferente en los aumentos de capital resultantes de la conversión de las Obligaciones en acciones de la Sociedad.

(iv) En el supuesto de que el titular de las Obligaciones ejercite, de forma total o parcial, el derecho a convertir las Obligaciones suscritas en acciones de Avánzit, S.A., se acuerda la ampliación de capital en el importe y número de acciones correspondiente a la conversión de las Obligaciones según la Relación de Conversión indicada, de conformidad con el artículo 294 de la Ley de Sociedades Anónimas. Se delega solidariamente en el Presidente; Vicepresidente y Secretario del Consejo la ejecución del acuerdo de aumento de capital indicado.

(v) A los efectos de la conversión, el valor de las Obligaciones será su valor nominal, esto es, de ochenta céntimos de euro (0,80€) por acción. Independientemente del momento en que se ejercite la conversión de las Obligaciones, cada una de ellas dará derecho a una (1) acción ordinaria de Avánzit S.A., con todos los derechos económicos y políticos que la propiedad de las mismas implica.

7.- Exclusión del Derecho de Suscripción Preferente:

Sobre la base de la atribución de facultades por la Junta General de Accionistas a favor del Consejo de administración antes mencionada, la emisión de Obligaciones se realiza con exclusión del derecho de suscripción preferente por cuanto el interés de la sociedad así lo exige.

8.- Admisión a cotización de las acciones emitidas como consecuencia de la conversión:

En el supuesto de emisión de nuevas acciones de Avánzit, S.A. para atender las solicitudes de conversión de las Obligaciones, se acuerda solicitar su admisión a cotización oficial en el mercado continuo de las Bolsas de Valores de Madrid y Bilbao, así como su incorporación al Sistema de Interconexión Bursátil.

A tal fin se acuerda designar a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal (Iberclear) junto con sus Entidades Participantes como entidad encargada del registro contable de las acciones que se emitan para atender las peticiones de conversión, y sus entidades adheridas.

9.- Sindicato de obligacionistas:

En cumplimiento del artículo 283.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, se constituye el sindicato de obligacionistas, nombrando como comisario a D. Juan Eugenio Díaz Hidalgo, con domicilio en Paseo de la Castellana 40, 28046, Madrid, a reserva de su ratificación y aprobación por la asamblea general de obligacionistas para que concurra al otorgamiento del contrato de emisión en nombre de TSS Luxembourg I, S.à.r.l.

10.- Ampliación de capital en curso acordada por el Consejo de administración el 21 de noviembre de 2008

En relación con la ampliación del capital social cuya ejecución ha sido acordada por el Consejo de Administración de la Sociedad mediante acuerdos de fecha 21 de noviembre de 2008, las obligaciones convertibles que se emitan y sean suscritas por el titular de las Obligaciones no tendrán derecho de suscripción preferente.

Sexto.- Ley Aplicable. Las Obligaciones se rigen por la Ley española. Las relaciones entre Avánzit, S.A., como sociedad emisora, y el Sindicato de Obligacionistas tienen como regla fundamental los preceptos correspondientes de la Ley de Sociedades Anónimas y se regirán por los estatutos del Sindicato de Obligacionistas previstos en el acuerdo de emisión.

En Madrid, a, 23 de enero de 2009.- D. José Luis Macho Conde. Presidente. Avanzit, S.A.

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