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Documento BORME-C-2009-9635

MEDIAMED COMUNICACIÓN DIGITAL, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 79, páginas 10224 a 10224 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2009-9635

TEXTO

                                                                                                                           Inicio plazo suscripción preferente ampliación capital

La Junta General de accionistas de la sociedad Mediamed Comunicación Digital Sociedad anónima, celebrada en el domicilio social sito en Paterna (Valencia) el día 16 de abril de 2009, adoptó por unanimidad el acuerdo de ampliar el capital social en la cantidad de 555.600 euros o en la cuantía de las suscripciones que se efectúen si las mismas no alcanzan dicha cantidad, mediante la emisión de 5.556 nuevas acciones, numeradas de la 67.684 a la 73.239, de 100 euros de valor nominal cada acción, que llevarán asimismo incorporada una prima de emisión de 116 euros por cada acción suscrita, con los mismos derechos políticos y económicos de las acciones anteriores, que deberán de desembolsarse íntegramente en el momento de la suscripción mediante ingreso en la siguiente cuenta bancaria de la sociedad: 2077 0489 16 3100533907.

Los socios tienen derecho de suscripción preferente, en la primera vuelta, en número proporcional a las acciones que posean, durante un plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Transcurrido el plazo mencionado de un mes para la suscripción preferente, en el supuesto de que queden acciones sin suscribir, las no suscritas serán ofrecidas exclusivamente a los accionistas que hayan suscrito todas las que les correspondían en la primera vuelta y hubieren manifestado su interés en ampliar su participación en la sociedad. Dichos accionistas, en caso de ser varios, tendrán derecho a la suscripción adicional en la segunda vuelta en proporción a la participación en el capital que ostenten provisionalmente después de la suscripción realizada en la primera vuelta. A tal efecto el consejo de administración, dentro de los tres días siguientes a la finalización del plazo de suscripción en primera vuelta, distribuirá y adjudicará las acciones no suscritas a los accionistas que hayan manifestado su intención de suscribir en la segunda vuelta. Si el aumento de capital no llegase a ser íntegramente suscrito y desembolsado dentro de los plazos y condiciones previstos, el capital se aumentará en la cuantía de las suscripciones realizadas y desembolsadas. Todo lo cual se hace público a los efectos previstos en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Valencia, 22 de abril de 2009.- El Vicesecretario del Consejo, D. Fernando Gómez Martínez.

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