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Documento BORME-C-2009-917

ARPEGIO, ÁREAS DE PROMOCIÓN EMPRESARIAL,
SOCIEDAD ANÓNIMA.

Publicado en:
«BORME» núm. 15, páginas 963 a 964 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2009-917

TEXTO

La Junta general extraordinaria de accionistas de “Arpegio, Áreas de Promoción Empresarial, Sociedad Anónima”, celebrada el 10 de diciembre de 2008, con carácter universal, ha adoptado por unanimidad el siguiente acuerdo:

Modificar el artículo 2, apartado 5.º de los Estatutos sociales: Objeto social, el cual en lo sucesivo queda redactado íntegramente como sigue:

“Artículo segundo.- Objeto social.- Su objeto social es el siguiente:

1.- La realización en todo el territorio de la Comunidad de Madrid de toda clase de actuaciones relacionadas con la preparación de suelo para cualquier uso en sus diversos aspectos y etapas del planeamiento urbanístico, mediante la realización de estudios y proyectos, obras de infraestructura, urbanización y equipamientos, así como conservación de obras e instalaciones.

2.- La promoción inmobiliaria de oficinas, centros y locales comerciales, parques temáticos, tecnológicos, naves industriales y viviendas, tanto de protección oficial como libres o de precio tasado, incluyendo la comercialización de todo ello. La realización de estudios de necesidades de vivienda, industria y otros usos terciarios; así como el diseño y la gestión de programas de ayudas y fomento de la vivienda protegida. La realización de acciones informativas y divulgativas en cualquiera de las materias reseñadas. Todo ello enmarcado en los objetivos que determine la Consejería a la que se encuentra adscrita, en su condición de empresa pública de la Comunidad de Madrid.

3.- La adquisición y enajenación de terrenos, y de toda clase de inmuebles.

4.- La gestión y prestación de toda clase de servicios urbanos o cualesquiera otros que sean necesarios para el desarrollo de las diversas promociones inmobiliarias, así como la creación de entidades o la participación en otras ya existentes, bajo cualquier forma jurídica, que contribuyan o sean precisas para el cumplimiento de estos fines.

5.- Proyectar, desarrollar y construir, así como conservar y explotar en su caso por sí o por terceras personas, hasta su cesión a los entes competentes, bien en nombre y por cuenta propia, ó bien en nombre y por cuenta de la Comunidad de Madrid, obras y edificios públicos, instalaciones y servicios cuya ejecución se estime adecuada para el interés público en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Esta actividad comprenderá, la formulación y ejecución de proyectos de urbanización y plantaciones, proyectos de edificación, de construcción de instalaciones y prestación de servicios; así como la financiación, gestión y explotación de las obras, de las instalaciones y de los servicios resultantes tanto mediante recursos correspondientes a los presupuestos de inversiones de las promociones urbanísticas de “Arpegio”, como mediante aportaciones de la Comunidad de Madrid o de otras instituciones, en su caso.

Así como la realización de acciones informativas y divulgativas en cualquiera de las materias reseñadas.

En los encargos de la Comunidad de Madrid a la empresa pública “Arpegio, Áreas de Promoción Empresarial, Sociedad Anónima”, para la prestación de alguna de las actividades previstas en los párrafos anteriores, y que así lo requieran, tendrá esta sociedad la consideración para actuar como “Medio Propio” según lo previsto en el artículo 24 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público (BOE de 31 de octubre de 2007).

Párrafo Final.- Las actividades anteriormente enumeradas las podrá ejercitar la sociedad directa o indirectamente, total o parcialmente, mediante la participación en sociedades, juntas de compensación, consorcios urbanísticos o entidades de conservación con objeto social en todo o en parte idéntico, análogo o complementario.

6.- Constituir, poner en funcionamiento, participar, aportar recursos y gestionar directa o indirectamente Fundaciones y otras Asociaciones sin ánimo de lucro para el desarrollo, fomento y apoyos a intereses de carácter social dignos de protección, a través de la ejecución y divulgación de programas, estudios y cualesquiera otras actividades de cooperación, formación, asistencia e inclusión social, educativas, de investigación científica, desarrollo tecnológico, culturales y de fomento de valores para la convivencia, tales como economía social, integración, solidaridad, interculturalidad; dirigidos especialmente a grupos sociales desfavorecidos o discapacitados, en coordinación con otros estamentos de la Comunidad de Madrid que desarrollen aspectos similares."

Todo ello a los efectos de dar cumplimiento al artículo 150 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 19 de diciembre de 2008.- El Secretario del Consejo de Administración, Juan Ramón García Notario.

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