Contingut no disponible en català
Fusión por absorción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público, para general conocimiento, que las Juntas Generales y Extraordinarias de las Sociedades Millores Agràries, S.L.U. y Promocions Culturals de Girona, S.L.U., Distribucions Vilarroya, S.A.U., Ancaste, S.L.U. y Borrull Distribucions, S.A.U. , celebradas con carácter universal el día 5 de marzo de 2009, acordaron por unanimidad, la fusión de dichas Sociedades mediante la absorción de Promocions Culturals de Girona, S.L.U., Distribucions Vilarroya, S.A.U., Ancaste, S.L.U. y Borrull Distribucions, S.A.U. , por parte de Millores Agràries, S.L.U., con entera transmisión del patrimonio de las Sociedades absorbidas a la Sociedad absorbente, que incorporará en bloque a título de sucesión universal todos los elementos integrantes del activo y pasivo de dichas Sociedades, subrogándose Millores Agràries, S.L.U. en todos los derechos y obligaciones de Promocions Culturals de Girona, S.L.U., Distribucions Vilarroya, S.A.U., Ancaste, S.L.U. y Borrull Distribucions, S.A.U. que quedarán disueltas y extinguidas, sin liquidación.
La fusión se llevará a efecto de acuerdo con el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Girona el día 14 de febrero de 2009 y el Registro Mercantil de Barcelona el día 23 de febrero de 2009, y con los respectivos Balances cerrados a 30 de septiembre de 2008.
Derecho de información y oposición: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que son parte en la operación de fusión descrita, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, y de los Balances de Fusión. Asimismo, los acreedores de dichas sociedades podrán oponerse a los acuerdos de fusión que consideren que les perjudican, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del tercer y último anuncio en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.
Rubí (Barcelona), 6 de marzo de 2009.- El Administrador único de Millores Agràries, S.L.U., Joan Bosch Roura.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid