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Documento BORME-C-2009-5465

CASA ANTONIO FERNÁNDEZ, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HOGAR Y NÁUTICA LANZAROTE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 58, páginas 5745 a 5745 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-5465

TEXTO

Acuerdo de fusión

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las juntas generales universales de ambas entidades, celebradas ambas el día 10 de noviembre de 2008, aprobaron, por unanimidad de todos sus socios, la fusión de ambas sociedades mediante la absorción por Casa Antonio Fernández, S.L. (sociedad absorbente) de Hogar y Náutica Lanzarote, S.L. (sociedad absorbida). La fusión dará lugar a la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, Hogar y Náutica Lanzarote, S.L. y el traspaso en bloque de todo su patrimonio a título universal a la sociedad absorbente Casa Antonio Fernández. S.L.

El acuerdo de fusión se adoptó en base al Proyecto de Fusión firmado por los administradores de ambas sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Lanzarote, el día 31 de octubre de 2008, con aumento de capital social de la sociedad absorbente en la cuantía de 571,90 euros (quinientos setenta y uno con noventa euros), con una prima de emisión de 17.039,39 euros (diecisiete mil treinta y nueve con treinta y nueve euros), en base a sendos balances de fecha 29 de octubre de 2008 y con un tipo de canje de 10,51 (diez con cincuenta y una) participaciones sociales de la sociedad absorbida por una de la sociedad absorbente, determinado sobre la base del valor real del patrimonio social.

La fecha a partir de la cual las operaciones de Hogar y Náutica Lanzarote, S.L. habrán de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de Casa Antonio Fernández, S.L., es la del día 10 de noviembre de 2008.

Se hace constar el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de las dos entidades participantes en este proyecto de fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a esta fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir del último de los anuncios de fusión.  

En Arrecife a, 10 de noviembre de 2008.- Los administradores sociales, Antonio Fernández Perdomo y Alicia Betancort Barreto.

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