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Documento BORME-C-2009-5053

RECAMBIOS Y DISTRIBUCIONES ALICANTE,
SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 55, páginas 5301 a 5301 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2009-5053

TEXTO

La Junta general extraordinaria de accionistas de la sociedad, previa convocatoria al efecto, en su reunión del 28 de enero de 2.009, ha acordado aumentar el capital social en la cifra de ciento treinta y seis mil quinientos ochenta euros (136.580,00 euros), mediante la emisión de 4.545 acciones ordinarias al portador representadas por títulos de treinta euros con cincuenta mil seiscientas cinco millonésimas de euro (30,050605 euros) de valor nominal cada una de ellas, numeradas desde el 4.546 al 9.090, ambos inclusive. Las nuevas acciones gozarán de los mismos derechos políticos y económicos que las actualmente en circulación, con las que formarán una sola serie desde el día que se otorgue la escritura de ejecución de la ampliación de capital. La ampliación es al cien por cien, o sea, 30,050605 euros por acción, debiendo ser desembolsadas las acciones en su totalidad, en dinero efectivo y moneda euros, en el momento de la suscripción. No existe prima de emisión.

Los accionistas podrán ejercer su derecho de suscripción preferente, en proporción al valor nominal de las acciones que posean, y dado que las acciones son de la misma serie y valor, a razón de una nueva por cada acción antigua, en el plazo de un mes desde la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. La suscripción se llevará a cabo mediante el ingreso de treinta euros con cincuenta mil seiscientas cinco millonésimas de euro (30,050605 euros), por cada acción suscrita, en la cuenta corriente número 0075 0138 51 0500072788, que la sociedad tiene abierta en la sucursal del Banco Popular sita en calle Maisonave, 18 de Alicante.

Deberán remitir copia de los resguardos acreditativos de los ingresos a la sede social en poligono Canastell, calle Martillo, 20-22 de San Vicente del Raspeig (Alicante).

El Consejo podrá ofrecer las acciones no suscritas por los señores accionistas,en ejercicio de su derecho preferencial, a personas y entidades determinadas para el desembolso de las mismas dentro de los quince días siguientes al de finalización del plazo de ejercicio del derecho preferencial citado.

Si el aumento no se suscribe en su totalidad dentro de los plazos establecidos, el capital quedará ampliado en la cuantía que resulte de las suscripciones efectuadas.

San Vicente del Raspaigs, 12 de marzo de 2009.- Presidente del Consejo.

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