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Documento BORME-C-2009-4663

SOLMASOL II, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
Y SOLMASOL VI, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA YA EXISTENTE)

Publicado en:
«BORME» núm. 53, páginas 4892 a 4892 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-4663

TEXTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público, para general conocimiento, que las Juntas Generales y Extraordinarias de las sociedades Solmasol II, Sociedad Limitada y Solmasol VI, Sociedad Limitada, celebradas con carácter universal, ambas, el día 10 de marzo de 2009, acordaron por unanimidad la escisión parcial de Solmasol II, Sociedad Limitada, mediante la segregación de una parte de su patrimonio, que se integrará en el patrimonio de la sociedad beneficiaria Solmasol VI, Sociedad Limitada, (sociedad ya existente) mediante su absorción, y todo ello, en base al Balance de escisión cerrado en fecha 31 de diciembre de 2008 y conforme al proyecto de escisión parcial redactado y suscrito, conjuntamente, el 28 de febrero de 2009, por el Administrador Único de las sociedades Solmasol II, Sociedad Limitada y Solmasol VI, Sociedad Limitada, a los efectos del artículo 99 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y concordantes del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, que se tuvo por depositado en el Registro Mercantil de Zaragoza en fecha 9 de marzo de 2009.

Se hace constar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión. Asimismo se hace constar espresamente, en cumplimiento del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la escisión durante el plazo de un mes, contando desde la fecha del último anuncio de escisión.

Zaragoza, 10 de marzo de 2009.- El Administrador Único de Solmasol II, Sociedad Limitada (sociedad escindida) y Solmasol VI, Sociedad Limitada (sociedad beneficiaria), Fdo. Solavanti, Sociedad Limitada (representado por D. Fernando Samper Rivas).

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