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Documento BORME-C-2009-4637

PONTEVEDRA C.F., SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA

Publicado en:
«BORME» núm. 53, páginas 4864 a 4865 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2009-4637

TEXTO

Junta General Extraordinaria de Accionistas.

Por acuerdo del Consejo de Administración en sesión celebrada el día 26 de febrero de 2009 y al amparo de lo dispuesto en el artículo 14 de los Estatutos Sociales, se convoca a los señores accionistas de la sociedad “Pontevedra CF, Sociedad Anónima Deportiva”, a la celebración de la Junta General Extraordinaria que tendrá lugar en el Pazo da Cultura de Pontevedra, calle Alexandre Bóveda, sin número, a las veinte horas del día 29 de abril de 2009, en primera convocatoria, o el día 30 de abril de 2009, en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria, para tratar el siguiente:

Orden del día.
Primero.-
Ratificación del nombramiento de Consejeros efectuada por el Consejo de Administración para cubrir las vacantes producidas.
Segundo.-
Informe y propuesta de ampliación mixta del capital social, por importe de 2.691.000,00 euros, a realizar mediante la emisión de nuevas acciones, tanto con aportaciones dinerarias como no dinerarias por compensación de créditos. Aprobación, en su caso, de la suscripción incompleta.
Tercero.-
Delegar en el Consejo de Administración, conforme previene el artículo 153 de la Ley de Sociedades Anónimas, la facultad de señalar la fecha en que el acuerdo ya adoptado de aumentar el capital social deba llevarse a efecto en la cifra acordada y de fijar las condiciones del aumento de capital en todo lo no previsto en estos acuerdos. Igualmente delegar en el Consejo de Administración la facultad de acordar en una o varias veces el aumento del capital social hasta una cifra determinada en la oportunidad y en la cuantía que el Consejo de Administración considere, sin previa consulta a la junta general. Estos aumentos no podrán ser superiores en ningún caso a la mitad del capital de la sociedad en el momento de la autorización y deberán realizarse mediante aportaciones dinerarias dentro del plazo máximo de cinco años a contar del acuerdo de la junta. Como consecuencia de todo lo anterior, se faculta al Consejo de Administración a dar una nueva redacción a los artículos 5, 6 y 16 de los Estatutos Sociales, una vez acordado y ejecutado el aumento. La necesidad de la modificación del art.16 “Asistencia a las Juntas” proviene de que la exigencia actual de un número mínimo de acciones para asistir a las Juntas, el cuál tendrá que guardar la debida proporción con la nueva cifra de capital social que se establezca.
Cuarto.-
Lectura y aprobación, si procede, del Acta de la Junta.

Podrán asistir personalmente a las Juntas, los accionistas que acrediten ser titulares al menos de seis acciones, inscritas a su nombre con cinco días de antelación, como mínimo, en el Registro de Acciones Nominativas de la Entidad. Los titulares de acciones con número menor al mínimo exigido podrán agruparse para alcanzar dicho mínimo establecido: en este caso, los titulares agrupados deberán conferir representación por escrito y con carácter especial, a uno cualquiera de los accionistas agrupados, acreditándolo en la sede social. Asimismo se deberán acreditar por comparecencia personal en el citado lugar, las representaciones a favor de cónyuges, ascendientes, descendientes o en los casos de poder general conferido en documento público con facultades para administrar todo el patrimonio del representado en territorio español. Los accionistas tienen derecho a examinar en el domicilio social, y en su caso, de obtener de forma gratuita e inmediata, los documentos que van a ser sometidos a aprobación. Se considera previsible que la Junta se celebre en primera convocatoria, es decir, el día 29 de abril de 2009, a las veinte horas.

Pontevedra, 27 de febrero de 2009.- D. Jorge Pedrosa Silva, Secretario del Consejo de Administración.

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