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Documento BORME-C-2009-3739

HABITANIA PLUS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HABITANIA SAN ENRIQUE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 46, páginas 3927 a 3927 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-3739

TEXTO

Conforme los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que las respectivas Juntas Generales Extraordinarias de Socios, celebradas con carácter Universal el día dos de marzo de 2009, han aprobado, por unanimidad, la fusión por absorción de "Habitania San Enrique, Sociedad Limitada", por parte de "Habitania Plus, Sociedad Limitada", con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso a la sociedad absorbente de todos sus bienes, derechos y obligaciones; todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión, igualmente aprobado, suscrito por los Administradores y depositado en el Registro Mercantil de Madrid, según el cual las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán efectuadas por la absorbente, a efectos contables, a partir del 1 de enero de 2009, y al ser ésta titular de la totalidad de las participaciones sociales de la sociedad absorbida, no hay modificación estatutaria, ni aumento de capital, ni se establece tipo ni procedimiento de canje de participaciones sociales, ni se otorgarán derechos especiales a los socios ni ventajas a los Administradores. Igualmente se aprobaron los Balances de fusión, cerrados al día 31 de diciembre de 2008.

Asimismo, se ha adoptado el acuerdo de acogimiento de la fusión por absorción de "Habitania San Enrique, Sociedad Limitada", por parte de "Habitania Plus, Sociedad Limitada", al régimen tributario especial de las Fusiones, Escisiones, Aportaciones y Canje de Activos, regulado en el Capítulo VIII, del Título VII, del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, notificándose, cuando proceda, el acuerdo de acogimiento a dicho régimen tributario especial, a las Autoridades competentes.

Se hace constar expresamente, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las indicadas Sociedades, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de oposición de los acreedores, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión.

Madrid, 2 de marzo de 2009.- El Administrador Único de la absorbente, Representante persona física del Administrador único de la absorbida, don Pablo Yacobi Nicolás.

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