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Documento BORME-C-2009-37142

COMESUREX, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EQUIPAMIENTOS HOSTELEROS EXTREMEÑOS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 246, páginas 39433 a 39433 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-37142

TEXTO

Anuncio de Fusión por Absorción.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales ("LME"), se hace público:

Que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de "Comesurex, S.L." (la "sociedad absorbente") y "Equipamientos Hosteleros Extremeños, S.L." (la "sociedad absorbida") aprobaron por unanimidad, en sus reuniones de fecha 15 de diciembre de 2009, la fusión.

Que, en virtud de la fusión, la sociedad absorbida transmite su patrimonio a la sociedad absorbente, quien adquiere en bloque y por sucesión universal, todos los respectivos Activos y Pasivos de la sociedad absorbida.

Que la fusión se acordó conforme al proyecto común de fusión redactado, aprobado y suscrito de forma conjunta por los administradores de las sociedades.

Que la fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente será el 15 de diciembre de 2009.

Que la fusión no prevé el reconocimiento de derecho especial alguno ni ventaja de ninguna clase.

Que, de conformidad con el artículo 33 de la LME, se ha elaborado el preceptivo informe de los Administradores de las sociedades participantes sobre el proyecto común de fusión.

Que la fusión no tiene ningún tipo de consecuencias sobre el empleo, ni impacto de género en los órganos de administración de las sociedades participantes ni tiene incidencia alguna en la responsabilidad social de las mismas.

Finalmente se hace constar expresamente:

El derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los correspondientes Balances de fusión.

El derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes a oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, derecho que podrá ejercitarse por los mismos dentro del plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Zafra, 15 de diciembre de 2009.- Juan Carlos Delgado García y José Millán Sánchez, Administradores Solidarios de las sociedades "Comesurex, S.L." y "Equipamientos Hosteleros Extremeños, S.L.".

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